Bolivia: Decreto Supremo Nº 28061, 1 de abril de 2005

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo XI de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, faculta al Poder Ejecutivo la implementación mediante Decreto Supremo de un Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes.
  • Que el Artículo 25 del Decreto Supremo Nº 27149 de 2 de septiembre de 2003, crea el Número de Identificación Tributaria - NIT, sobre la base del otorgamiento de una clave única de identificación tributaria que sustituya al actual Número del Registro Unico de Contribuyente - RUC y que inequívocamente individualice a los contribuyentes alcanzados por los impuestos cuya recaudación, fiscalización y cobro esté a cargo del Servicio de Impuestos Nacionales - SIN, a quien se autoriza llevar adelante el programa de Empadronamiento.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27924 de 20 de diciembre de 2004 establece nuevos montos de capital, ingreso, precios unitarios y pagos bimensuales del Régimen Tributario Simplificado, por lo que es necesario establecer los medios para la obtención del Número de Identificación Tributaria - NIT, con la finalidad de un adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes de los Regímenes Especiales.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28028 de 7 de marzo de 2005, establece un plazo adicional para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales, hasta el 31 de marzo de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- El presente Decreto Supremo tiene por objeto ampliar el plazo para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y obtener el Número de Identificación Tributaria - NIT, establecido en el Artículo Unico del Decreto Supremo Nº 28028 de 7 de marzo de 2005, hasta el 1 de agosto de 2005.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril del año dos mil cinco.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder Ministro de la Presidencia e Interino de Gobierno, Justo Antonio Gareca Gallardo Ministro Interino de Defensa Nacional, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Edwin Aguilera Antunez, Walter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torrez Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz..

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28061, 1 de abril de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAmpliar el plazo para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y obtener el Número de Identificación Tributaria - NIT.
KeywordsGaceta 2733, 2005-04-01, Decreto Supremo, abril/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25615
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder Ministro de la Presidencia e Interino de Gobierno, Justo Antonio Gareca Gallardo Ministro Interino de Defensa Nacional, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Edwin Aguilera Antunez, Walter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torrez Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz..
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario
[BO-DS-27149] Bolivia: Reglamento para la transición al nuevo Código Tributario, DS Nº 27149, 2 de septiembre de 2003
REGLAMENTO PARA LA TRANSICIÓN AL NUEVO CODIGO TRIBUTARIO
[BO-DS-27924] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27924, 20 de diciembre de 2004
Establecer nuevos montos de capital, ingreso, precios unitarios y pagos bimensuales del Régimen Tributario Simplificado.
[BO-DS-28028] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28028, 7 de marzo de 2005
Establecer un plazo adicional para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales.

Referencias a esta norma

[BO-DS-28314] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28314, 26 de agosto de 2005
Se autoriza un nuevo plazo excepcional e improrrogable para la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes, de los sujetos pasivos pertenecientes a los regímenes tributarios especiales.
[BO-DS-28479] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28479, 2 de diciembre de 2005
Se amplia el plazo fijado por el Decreto Supremo N° 28314 para la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes (Regímenes Especiales).
[BO-DS-28663] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28663, 4 de abril de 2006
Ampliar el plazo fijado por el Decreto Supremo N° 28479 (Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes pertenecientes a los Regímenes Especiales).
[BO-DS-28874] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28874, 2 de octubre de 2006
Se amplia el plazo fijado por el Decreto Supremo N° 28663 de 4 /04/ 2006, para continuar con la inscripción en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes de las personas naturales pertenecientes a los Regímenes Especiales.

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