Bolivia: Decreto Supremo Nº 28005, 11 de febrero de 2005

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece que para cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” para la gestión 2004, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que el 17 de mayo de 2002 se suscribe el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/SF-7823-BO entre el Ministerio de la Presidencia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, mediante el cual, se crea el Programa de Fortalecimiento de la Gestión del Ministerio de la Presidencia, con el propósito de fortalecer la gestión del Viceministerio de Coordinación Gubernamental en el seguimiento y evaluación de proyectos, programas y políticas de gobierno.
  • Que dicho Convenio establece que el Beneficiario se compromete a realizar oportunamente, por intermedio del Organismo Ejecutor, los aportes que se requieran para completar ininterrumpidamente la ejecución del referido Programa.
  • Que para la ejecución del mencionado Programa se ha comprometido un monto de $us.339.600.- (TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE mil SEISCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS), de los cuales corresponde como aporte del BID, $us.277.000.- (DOSCIENTOS SETENTA Y siete mil 00/100 DOLARES AMERICANOS) y al Gobierno de Bolivia, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, un aporte de $us.62.600.- (SESENTA Y DOS mil SEISCIENTOS 00/100 DOLARES AMERICANOS); monto que debido a la iliquidez del TGN en la Gestión 2004, alcanzó sólo a $us.32.850.- (TREINTA Y DOS mil novecientos CINCUENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS), debiendo inscribirse la diferencia en la gestión 2005.
  • Que, en este sentido, es necesario para la Gestión 2005, inscribir el monto diferencial comprometido por el Gobierno Nacional, con el objeto de concluir el Programa de Fortalecimiento de la Gestión del Ministerio de la Presidencia.
  • Que el Informe Técnico MPR-DGGP/001//05 N. E. de 28 de enero de 2005, elaborado por la Dirección General de Gestión Pública del Viceministerio de Coordinación Gubernamental del Ministerio de la Presidencia, establece la necesidad y prioridad de la inscripción de recursos en el Presupuesto General de la Nación.
  • Que mediante Nota MPR - VCG Nº 200/2005 de 1 de febrero de 2005 el Viceministro de Coordinación Gubernamental solicitó la emisión de la norma de aprobación y autorización para la inscripción de los citados recursos financieros en el presupuesto de la gestión 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. De conformidad a lo establecido por el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004 y en concordancia con el Presupuesto General de la Nación Gestión 2005, vigente en el marco del Artículo 147 de la Constitución Política del Estado, se aprueba y autoriza la inscripción de un Presupuesto de Bs.1.669.090,34.- (UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL, NOVENTA 34/100 BOLIVIANOS) en la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, en el Presupuesto del Ministerio de la Presidencia, con destino al Programa de Fortalecimiento de la Gestión del Ministerio de la Presidencia - BID/ATN/SF-7823-BO, gestión 2005.
  2. El presente Decreto Supremo está compatibilizado y no vulnera lo establecido en el Presupuesto General de la Nación Gestión 2005 y se emite en cumplimiento del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de febrero del año dos mil cinco.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, María Soledad Quiroga Trigo, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Víctor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28005, 11 de febrero de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y autoriza la inscripción de un Presupuesto de Bs. 1.669.090,34 , en la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, en el Presupuesto del Ministerio de la Presidencia, con destino al Programa de Fortalecimiento de la Gestión del Ministerio de la Presidencia - BID/ATN/S 782
KeywordsGaceta 2719, 2005-02-21, Decreto Supremo, febrero/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25559
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, María Soledad Quiroga Trigo, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Víctor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz.
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Véase también

[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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