CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.- Se incluye en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 27059, el siguiente inciso:
“c) El Director General de Ceremonial del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, cuando viaje acompañando al Presidente de la República, al exterior o interior de la República, percibirá el 70% de los viáticos que el corresponda según la escala vigente, pero se hospedará en el mismo Hotel en el que se hospede el Primer Mandatario de la República, corriendo a cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, los gastos de hospedaje en que los que éste incurra.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27857, 19 de noviembre de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se complementa el Artículo 6 del Decreto Supremo N° 27059 (Director General de Ceremonial del Estado) | ||||
Keywords | Gaceta 2684, 2004-11-30, Decreto Supremo, noviembre/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25411 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Mauricio Navarro Banzer Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Rosario Quiroga Morales Ministra Interina de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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