Bolivia: Decreto Supremo Nº 27837, 12 de noviembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1678 de 15 de diciembre de 1995 - Ley de la Persona con Discapacidad, regula los derechos, deberes y garantías de las personas con discapacidad, estantes y habitantes en el territorio de la República.
  • Que por Resolución Nº 37/52 de 3 de diciembre de 1982, fue aprobado el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, en el que se define con propiedad y se uniforma la terminología en materia de discapacidades y, se adopta el término Discapacidad para referirse a toda restricción o ausencia (debido a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o en el margen que se considera normal para un ser humano.
  • Que del 12 al 19 de octubre de 1998, se cumplieron una serie de actividades para conmemorar la “Semana de la Persona con Discapacidad”.
  • Que en fecha 15 de Noviembre de 2003, en la ciudad de Santa Cruz, se llevó a cabo un evento de importancia para el sector de personas con discapacidad, donde asistieron organizaciones como la Red Iberoamericana de Organizaciones de Personas con Discapacidad - RIADIS y la Red Iberoamericana Intergubernamental de Cooperación Técnica - RIICOTEC, evento en el que se rechazaron todas las formas de discriminación racial, social, religiosa, de género o de orientación sexual, de discapacidad y, otras formas de discriminación.
  • Que el Gobierno Nacional, mediante el Comité Nacional de la Persona con Discapacidad, ejecutará políticas a todo nivel en materia de discapacidades en coordinación con otras entidades del Estado y los particulares, velando porque se promueva un mayor entendimiento y concientización respecto de los temas relativos a las personas con discapacidad y, apoyando acciones en favor de su dignidad, derechos, bienestar y su participación plena e igualdad de oportunidades; así como, fortalecer las instituciones y políticas que los beneficien.
  • Que en este contexto, se proclamó el Año 2004 como el Año Iberoamericano de las Personas con Discapacidad.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se declara el día 15 de octubre de cada año, como el “DIA NACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”.
  2. El presente Decreto Supremo se aplicará en todo el territorio nacional donde existan personas con discapacidad.
  3. Las instituciones públicas y privadas que cuenten con personas con discapacidad cumpliendo funciones laborales, deben realizar un pequeño acto para conmemorar el Día de la Persona con Discapacidad, con el objeto de integrarlas plenamente a su centro de trabajo.
  4. Se abroga el Decreto Supremo Nº 18603 de 17 de septiembre de 1981.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Salud y Deportes y, Trabajo quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Mauricio Navarro Banzer Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Rosario Quiroga Morales Ministra Interina de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27837, 12 de noviembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara el día 15 /10/ cada año, como el “DIA NACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”.
KeywordsGaceta 2680, 2004-11-22, Decreto Supremo, noviembre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25391
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Mauricio Navarro Banzer Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Rosario Quiroga Morales Ministra Interina de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1678] Bolivia: Ley de la Persona con Discapacidad, 15 de diciembre de 1995
Ley de la Persona con Discapacidad

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