CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.- Para precisar la aplicación del Decreto Supremo Nº 27327, donde se establece el marco de austeridad y racionalización del gasto público, se define que los Delegados Presidenciales, por la alta función que desempeñan y el grado de responsabilidad y coordinación con el Presidente de la República y sus Ministros, serán considerados dentro del nivel de Ministros de Estado, para los temas establecidos en el mencionado Decreto Supremo en lo que corresponda.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27683, 18 de agosto de 2004 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se define que los Delegados Presidenciales, por la alta función que desempeñan, y el grado de responsabilidad y coordinación con el Presidente de la República y sus Ministros, serán considerados dentro del nivel de Ministros de Estado. | ||||
Keywords | Gaceta 2639, 2004-08-19, Decreto Supremo, agosto/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25237 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT , Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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