CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer los procedimientos para la utilización de puentes metálicos ferroviarios en la Red Fundamental F-22 Mataral - Vallegrande - Ipitá.
Artículo 2°.- (Transferencia de puentes metalicos ferroviarios)
Artículo 3°.- (Inscripcion de recursos para los estudios de instalacion de los puentes) Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, inscribir los recursos necesarios en la Partida 46200 ante el Ministerio de Hacienda, para realizar estudios de Pre - inversión, para la instalación de los puentes a los que se refiere el Artículo precedente.
Dichos recursos provendrán de los fondos concurrentes aportados por el Gobierno Municipal de Vallegrande.
Artículo 4°.- (Traslado e instalacion de los puentes) El Servicio Nacional de Caminos - SNC con un aporte de ochenta por ciento (80%) y la Prefectura del Departamento de Santa Cruz con un aporte de veinte por ciento (20%) como contraparte, presupuestarán los recursos necesarios en el Presupuesto General de la Nación Gestión 2005 para efectuar el desmontaje, traslado e instalación de los puentes en la Red Fundamental F-22 Mataral - Vallegrande - Ipitá.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27628, 14 de julio de 2004 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer los procedimientos para la utilización de puentes metálicos ferroviarios en la Red Fundamental 22 Mataral - Vallegrande - Ipitá. | ||||
Keywords | Gaceta 2629, 2004-07-19, Decreto Supremo, julio/2004 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25182 | ||||
Referencias | 2004.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Justo Gareca Gallardo Ministro Interino de Defensa Nacional, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Rodolfo Erostegui Torres Ministro Interino de Trabajo, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.