Bolivia: Decreto Supremo Nº 27581, 21 de junio de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre e 2003 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, establece los niveles de remuneración de las consultorías individuales y sus restricciones, exceptuando a las consultorías para realizar trabajos específicos por plazo y producto determinado y no renovable en un período similar al de la duración del contrato.
  • Que el 23 de marzo de 2004 se ha firmado el Convenio de Administración de Recursos CAR MDS/DAN/024/2004 que asegura el financiamiento con carácter de donación, de las actividades del Componente 2 “Educación Ambiental en Institutos de Formación Técnica Industrial” del Programa de Cooperación Danesa al Sector Medio Ambiente PCDMSA, dependiente del Viceministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología por la presente gestión.
  • Que en el Artículo 5 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados; así mismo el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 establece que cualquier incremento en la partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que a fin de no perjudicar el desarrollo de las actividades programadas en las Entidades Ejecutoras del Componente 2 es de suma importancia y necesidad incrementar la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por un monto de Bs.1.055.716,00.- (UN MILLON CINCUENTA Y CINCO mil novecientos dieciséis 00/100 BOLIVIANOS).

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto - Gestión 2004 de Bs.1.055.716.- (UN MILLON CINCUENTA Y CINCO mil novecientos dieciséis 00/100 BOLIVIANOS) a favor del Ministerio de Educación, financiado con recursos de donación externa proveniente de DANIDA, destinada a incrementar la partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones”, de acuerdo a Anexo adjunto al presente Decreto Supremo.
  2. Los fondos utilizados para la contratación de servicios de Consultoría, deberán enmarcarse a la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, a las normas del donante y a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Educación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo , Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernandez Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27581, 21 de junio de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto - Gestión 2004 de Bs. 1.055.716 a favor del Ministerio de Educación, financiado con recursos de donación externa proveniente de DANIDA.
KeywordsGaceta 2618, 2004-06-25, Decreto Supremo, junio/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25135
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo , Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernandez Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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