Bolivia: Decreto Supremo Nº 27556, 4 de junio de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en 1983 obtiene su personería jurídica la Asociación de Detenidos Desaparecidos y Mártires por la Liberación Nacional - ASOFAMD, teniendo como unos de sus objetivos específicos el esclarecimiento de las desapariciones forzadas.
  • Que mediante el Decreto Supremo Nº 27089 de 18 de junio de 2003, modificado por el Decreto Supremo Nº 27309 de 9 de enero de 2004, se creó el Consejo Interinstitucional para el Esclarecimiento de las Desapariciones Forzadas, con el propósito de esclarecer las desapariciones forzadas en el país y hacer un seguimiento de organismos internacionales al respecto.
  • Que al haber tenido la iniciativa para la creación del Consejo Interinstitucional para el Esclarecimiento de las Desapariciones Forzadas y, teniendo similar objetivo, resulta necesario incorporar a la ASOFAMD a la actual conformación del mencionado Consejo.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se incorpora a tres representantes de la Asociación de Detenidos Desaparecidos y Mártires por la Liberación Nacional - ASOFAMD, dentro la conformación del Consejo Interinstitucional para el Esclarecimiento de las Desapariciones Forzadas.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Presidencia, Gobierno, Defensa Nacional y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle , José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orias, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27556, 4 de junio de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe incorpora a tres representantes a ASOFAMD, dentro la conformación del Consejo Interinstitucional para el Esclarecimiento de las Desapariciones Forzadas.
KeywordsGaceta 2611, 2004-06-08, Decreto Supremo, junio/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25110
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle , José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orias, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27089] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27089, 18 de junio de 2003
Crear el Consejo Interinstitucional para el Esclarecimiento de Desapariciones Forzadas.
[BO-DS-27309] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27309, 9 de enero de 2004
El presente Decreto Supremo tiene por objeto realizar adecuaciones al Decreto Supremo N° 27089 de 18 /06/ 2003, que crea el Consejo Interinstitucional para el Esclarecimiento de Desapariciones Forzadas.

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