Bolivia: Decreto Supremo Nº 27531, 25 de mayo de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 7 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, señala que el Resultado Fiscal en cada presupuesto institucional se calculará en base al resultado fiscal (superávit/déficit) y su participación e incidencia en el resultado fiscal global del Presupuesto General de la Nación 2004.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que mediante la Ley Nº 1705 de 13 de septiembre de 1996, se aprobó el Contrato de Préstamo 964/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo por $us.25.600.000.- (VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS mil 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinados a financiar el Programa Nacional de Riego, a ser ejecutado por la Secretaria Nacional de Agricultura - actualmente, Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
  • Que la Unidad de Coordinación y Ejecución del Programa Nacional de Riego - UCEP - PRONAR, ha sido creada mediante Resolución Secretaria Nº 075/96 de la Secretaría Nacional de Agricultura y Ganadería, de fecha 19 de septiembre de 1996, actualmente Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, como parte de la Dirección Nacional de Riegos y Suelos, actualmente Dirección General de Riego con autonomía operacional y financiera, la misma que ejercerá actividades de programación, administración financiera, supervisión, seguimiento y control del Programa, contando con una estructura operacional descentralizada.
  • Que habiendo obtenido la no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo - BID, mediante nota COF/CBO/CA-2398/03, para la prolongación de los plazos contractuales para el último desembolso hasta el 13 de septiembre de 2004, se tiene la necesidad de inscribir recursos adicionales destinados a la ejecución del programa y dar continuidad y cumplimiento a las metas programáticas del Programa Nacional de Riego - PRONAR.
  • Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley Nº 2627, el Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, en fecha 19 de mayo del presente año, mediante Resolución de CONAPES Nº 25/2004, aprueba la inscripción de recursos a favor del Proyecto “Programa Nacional de Riego - PRONAR”.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la inscripción de recursos adicionales en el marco del Contrato de Préstamo 964/SF-BO, destinado a la ejecución y cumplimiento de las metas programáticas del Programa Nacional de Riego -PRONAR.

Artículo 2°.- (Autorizacion de inscripcion) Se autoriza a la Unidad de Coordinación y Ejecución del Programa Nacional de Riego a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, proceder con la inscripción de recursos adicionales en la partida presupuestaria 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Dominio Público”, para la gestión 2004, destinado a la ejecución del Programa Nacional de Riego - PRONAR por Bs.466.526,20 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS mil QUINIENTOS veintiséis 20/100 BOLIVIANOS), de acuerdo a las siguiente categoría programática:

Entidad047 Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios
Programa11 Viceministerio de Desarrollo Rural
Actividad11 01 00 Programa Nacional de Riego - PRONAR (II)
Dir. Adm.50 Programa Nacional de Riego - PRONAR (II DIR. ADM.)
Unidad Ejecutora50 Programa Nacional de Riego - PRONAR (II DIR. ADM.)
Fuentede Financ.70 Crédito Externo
Org. Financiador411 Banco Interamericano de Desarrollo.
Código SISIN047-01002-00000
Gestión2004
CODIGOPARTIDAIMPORTE
40000ACTIVOS REALES466.526.20
46000Estudios y Proyectos para Inversión466.526.20
46200Para Construcciones de Bienes de Dominio Público466.526.20


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27531, 25 de mayo de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar la inscripción de recursos adicionales en el marco del Contrato de Préstamo 964/S BO, destinado a la ejecución y cumplimiento de las metas programáticas del Programa Nacional de Riego -PRONAR.
KeywordsGaceta 2607, 2004-06-03, Decreto Supremo, mayo/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25085
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1705] Bolivia: Ley Nº 1705, 13 de septiembre de 1996
Apruébase el Contrato de Préstamo N° 964-SF-BO, del BID por la suma de hasta $US.25.600.000.-, destinado a financiar el PROGRAMA NACIONAL DE RIEGO
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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