CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar el pago único anual como “Asignación por Campaña de Vacunación”, a favor de los trabajadores en salud.
Artículo 2°.- (Asignacion) Se autoriza el pago único anual de Bs.1.200.- (UN mil DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) como “Asignación por Campaña de Vacunación” por la Gestión 2003, a favor de los trabajadores en salud dependientes del Ministerio de Salud y Deportes, Instituto Nacional de Salud Ocupacional - INSO y de los Servicios Departamentales de Salud, de acuerdo al Reglamento Específico de la Entidad.
Asimismo, los nuevos trabajadores en salud que ingresen a trabajar al Ministerio de Salud y Deportes, a partir de la fecha de promulgación del presente Decreto Supremo, deberán contar con un año de antigüedad para tener acceso a este beneficio.
Artículo 3°.- (Forma de pago y montos a asignarse) El pago del beneficio al que se refiere el Artículo anterior, será cofinanciado por el Ministerio de Salud y Deportes, con Bs.1.016.- (UN mil dieciséis 00/100 BOLIVIANOS) por persona, con cargo a los recursos establecidos en el Artículo 27 de la Ley Nº 2042, y las Prefecturas Departamentales con Bs.184.- (CIENTO OCHENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS) por persona, con recursos provenientes de sus Presupuestos.
A partir de la gestión 2004, el importe a asignarse por cada trabajador será especificado mediante Resolución expresa, emitida por los Ministerios de Hacienda y, Salud y Deportes.
Artículo 4°.- (Traspaso presupuestario) De acuerdo a los importes establecidos en el Anexo que forma parte indisoluble del presente Decreto Supremo y de la Resolución expresa a emitirse a partir de la Gestión 2004, las Prefecturas de Departamento deberán proceder al Traspaso Presupuestario de Recursos al Ministerio de Salud y Deportes, hasta el 15 de junio de cada año, de acuerdo a procedimientos establecidos por las disposiciones legales en vigencia.
Artículo 5°.- (Modificaciones presupuestarias) Se faculta al Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Salud y Deportes aprobar, por Resolución Bi-Ministerial expresa, las modificaciones presupuestarias emergentes de la aplicación al presente Decreto Supremo.
Nivel Central del M. S. D. | Bs.507.600.- |
Prefectura de Chuquisaca | Bs.971.296.- |
Prefectura de La Paz | Bs.2.272.792.- |
Prefectura de Cochabamba | Bs.1.374.648.- |
Prefectura de Oruro | Bs.499.872.- |
Prefectura de Potosí | Bs.886.968.- |
Prefectura de Tarija | Bs.845.312.- |
Prefectura de Santa Cruz | Bs.2.315.464.- |
Prefectura de Beni | Bs.831.088.- |
Prefectura de Pando | Bs.211.328.- |
TOTALES | Bs.10.716.368.- |
Nivel Central del M. S. D. | Bs.0.- |
Prefectura de Chuquisaca | Bs.175.904.- |
Prefectura de La Paz | Bs.411.608.- |
Prefectura de Cochabamba | Bs.248.952.- |
Prefectura de Oruro | Bs.90.528.- |
Prefectura de Potosí | Bs.160.632.- |
Prefectura de Tarija | Bs.153.088.- |
Prefectura de Santa Cruz | Bs.419.336.- |
Prefectura de Beni | Bs.150.512.- |
Prefectura de Pando | Bs.38.272.- |
TOTALES | Bs.1.848.832.- |
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27088, 18 de junio de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar el pago único anual de Bs.1.200 , como “Asignación por Campaña de Vacunación” gestión 2003, (Trabajadores en Salud). | ||||
Keywords | Gaceta 2499, 2003-06-25, Decreto Supremo, junio/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24643 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, José Guillermo Justiniano Sandoval Ministro de la Presidencia e Interino de RR. EE. y Culto, Yerko Kukoc del Carpio, Julio Jiménez Valdivia Ministro Interino de Defensa Nacional, Fernando Cossio Muñoz-Reyes Ministro Interino de Hacienda, Moira Paz Estenssoro, Jorge Torres Obleas, Marco Antonio Paredes Pérez Ministro Interino de Servicios y Obras Publicas, Jorge Berindoague Alcocer, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Juan Walter Subirana Suárez, Arturo Liebers Baldivieso. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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