CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El objeto del presente Decreto Supremo es ampliar el plazo de adecuación de la especificación del Calor Neto de Combustión de la Gasolina de Aviación Grado 100.
Artículo 2°.- (Modificacion) Se modifica el Reglamento de Calidad de Carburantes y Lubricantes, aprobado por Decreto Supremo Nº 26276 de 5 de agosto de 2001, modificado mediante los Decretos Supremos Nº 26388 de 8 de noviembre de 2001, Nº 26517 de 21 de febrero de 2002 y Nº 26602 de 20 de abril de 2002, de la siguiente forma:
“Se amplía el plazo máximo de doscientos setenta (270) días calendario establecido en el punto 1 del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 26517 de 21 de febrero de 2002, a cuatrocientos ochenta (480) días calendario para la adecuación de la especificación del Calor Neto de Combustión de la Gasolina de Aviación Grado 100, correspondiente a la Tabla de Especificaciones Nº 5 del Anexo A del Reglamento de Calidad de Carburantes y Lubricantes, aprobado por Decreto Supremo Nº 26276 de 5 de agosto de 2001.
El plazo de adecuación se computará a partir del 10 de agosto de 2001.”
Artículo 3°.- (Adecuacion) El Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos se encargará de realizar las acciones y tareas correspondientes para que las empresas de refinación, producción, importación y unidades de proceso, se adecuen a las especificaciones del Reglamento de Calidad de Carburantes y Lubricantes aprobado mediante Decreto Supremo Nº 26276.
Artículo 4°.- (Retiro de derecho de comercializacion) En caso de que las empresas de refinación, producción, importación y unidades de proceso no adecuen la calidad de su producto a los estándares vigentes dentro del plazo establecido en el presente Decreto Supremo, la Superintendencia de Hidrocarburos en coordinación con el Ministerio Sin Cartera Responsable de Hidrocarburos, evaluará la posibilidad de retirar el derecho de estas empresas a comercializar sus productos y de llamar a una licitación para su provisión con la calidad que se requiere.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26784, 7 de septiembre de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ampliar el plazo de adecuación de la especificación del Calor Neto de Combustión de la Gasolina de Aviación Grado 100. | ||||
Keywords | Gaceta 2429, 2002-09-10, Decreto Supremo, septiembre/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24339 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SACHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Manuel Suárez Avila MINISTRO INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortiz, Gina Luz Méndez Hurtado, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez, Fernando Illanes de la Riva, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramírez, Silvia Amparo Velarde Olmos. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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