CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Los datos del Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2001 que se publican en tabla anexa es la información oficial sobre población en Bolivia.
Artículo 2°.-
Artículo 3°.- Los datos oficiales sobre población y sus respectivos ponderadores, serán utilizados a partir del 8 de abril de 2002 para distribuir los recursos de Coparticipación Tributaria para Prefecturas, Universidades, Gobiernos Municipales y para el cálculo del Fondo Compensatorio Departamental.
Artículo 4°.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 24202 de 23 de diciembre de 1995 y todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26570, 2 de abril de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Los datos del Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2001 que se publican en tabla anexa es la información oficial sobre población en Bolivia. | ||||
Keywords | Gaceta 2388, 2002-04-23, Decreto Supremo, abril/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24126 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Luján, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, José Abel Martínez Mrden MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña , Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña , Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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