CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se dispone transferir la administración de los mercados campesinos Kantuta y Avaroa de la ciudad de Oruro, en la totalidad de sus instalaciones y oficinas, con todos sus bienes, muebles, inmuebles, acciones y derechos en favor de la Federación Sindical de Trabajadores Campesinos de Oruro - FSUTCO.
Artículo 2°.- Para este propósito, previamente se deberá firmar un Convenio entre partes, proceder a la inventariación, suscripción de actas de entrega, recepción y conformidad, todo ello en presencia de Notario de Fe Pública y siguiendo las regulaciones de la Ley Nº 1178 - SAFCO y de acuerdo al Decreto Supremo Nº 25964 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
Artículo 3°.- La transferencia de la administración de los mercados campesinos a la F. S. U. T. C. O, no constituye transferencia del Derecho Propietario, el cual continúa siendo de propiedad de la Prefectura del Departamento de Oruro.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26396, 17 de noviembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se dispone transferir la administración de los mercados campesinos Kantuta y Avaroa de la ciudad de Oruro, en la totalidad de sus instalaciones, en favor de la Federación Sindical de Trabajadores Campesinos de Oruro FSUTCO. | ||||
Keywords | Gaceta 2359, 2001-11-27, Decreto Supremo, noviembre/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23952 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mancilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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