CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se faculta al Ministerio de Gobierno, para que a través del Viceministerio de Defensa Social, ejerza el control y fiscalización de rutas y/o vías de transporte y circulación de la hoja de coca en su estado natural, a fin de establecer su destino y uso final.
Artículo 2°.- Se deja plenamente establecido, que los productores de coca encargados del transporte de la hoja de coca en su estado natural, deberán dirigir su producto única y exclusivamente a los mercados legalmente establecidos, bajo pena del decomiso de la hoja de coca que esté siendo desviada a otros centros comerciales no autorizados.
Artículo 3°.- La producción ilegal de coca, procedente de la región del trópico de Cochabamba, será decomisada cuando sea transportada a otras localidades, conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 del Decreto Supremo Nº 22099- Reglamento de la Ley Nº 1008.
Artículo 4°.- Las disposiciones del presente Decreto Supremo se aplicarán en todo el territorio nacional, a todas las personas naturales y/o jurídicas que transporten hoja de coca en su estado natural.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26342, 29 de septiembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se faculta al Ministerio de Gobierno, ejerza el control y fiscalización de rutas y/o vías de transporte y circulación de la hoja de coca en su estado natural. | ||||
Keywords | Gaceta 2347, 2001-10-16, Decreto Supremo, septiembre/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23898 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mancilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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