Bolivia: Decreto Supremo Nº 26308, 12 de septiembre de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 2064, de 03 de abril de 2000, de Reactivación Económica, establece la nueva tipología institucional y atribuciones del Servicio Nacional de Caminos, y el Decreto Supremo Nº 26114, de 16 de marzo de 2001, procede a reglamentar su estructura organizativa y funcional, atribuciones y competencias.
  • Que, el numeral 5.2. del Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 26114, establece que el Directorio del Servicio Nacional de Caminos esta conformado por un Presidente, un Director Abogado, un Director Ingeniero Civil, un Director Economista y un Director Especialista Ambiental.
  • Que, de acuerdo al modelo de gestión vigente en las entidades e instituciones del Poder Ejecutivo, se establece la necesidad de una apertura e implementación de equipos multidisciplinarios en los distintos niveles de una estructura organizacional, para así alcanzar los objetivos institucionales y adecuarse a los principios de eficiencia, eficacia y economía, establecidos por la Ley Nº 1178 - SAFCO y sus Disposiciones Reglamentarias, así como la Ley Nº 1788 - LOPE.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- El presente Decreto Supremo, sustituye el texto del numeral 5.2, del Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 26114, de 16 marzo de 2001, que Reglamenta la Organización Institucional del Servicio Nacional de Caminos, por la siguiente redacción:

“Artículo 5.- EL DIRECTORIO.
5.2. Conformación
El Directorio del Servicio Nacional de Caminos esta conformado por un Presidente y cuatro Directores; los mismos que contarán con especialidad o experiencia afines a la misión y objetivos del Servicio Nacional de Caminos.”


El señor Ministro de Desarrollo Económico, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, doce días del mes de septiembre del año dos mil uno.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26308, 12 de septiembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl presente Decreto Supremo, sustituye el texto del numeral 5.2, del Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 26114, de 16 marzo de 2001, (Servicio Nacional de Caminos).
KeywordsGaceta 2341, 2001-08-13, Decreto Supremo, septiembre/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23864
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-1788] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo, 16 de septiembre de 1997
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-L-2064] Bolivia: Ley de Reactivación Económica, 3 de abril de 2000
Ley de Reactivación Económica
[BO-DS-26114] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26114, 16 de marzo de 2001
Reglamentar la organización institucional del Servicio Nacional de Caminos con él propósito de administrar la Red Vial Fundamental.

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