Bolivia: Decreto Supremo Nº 26296, 30 de agosto de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la disposición transitoria primera de la Ley Nº 2232 de 25 de julio de 2001, ha declarado en vacancia todos los cargos de Vocales de las Cortes Departamentales Electorales, como consecuencia del cambio de sus estructuras organizativas, tiempo de mandato y causales de suspensión así como remoción, debiendo el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo proceder al nombramiento de las nuevas autoridades de las mencionadas Cortes.
  • Que la atribución 23 del artículo 96º de la Constitución Política del Estado y el inciso a) del artículo 26º del Código Electoral promulgado por Ley Nº 1985 de 25 de junio de 1999, determinan que es atribución del Presidente de la República, nombrar a los representantes del Poder Ejecutivo en las Cortes Electorales, mediante Decreto Supremo.
  • Que la designación de los Vocales del Poder Ejecutivo en las Cortes Departamentales Electorales se efectúa en base a la nómina de candidatos enviadas por la Corte Nacional Electoral a solicitud del Presidente Constitucional de la República.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se designa como Vocal Titular de las Cortes Departamentales Electorales en representación del Poder Ejecutivo a los siguientes ciudadanos:
- RAMIRO PAREDES ZARATE
Corte Departamental Electoral de La Paz
- JOSE ERNESTO ANTONIO ZAMBRANA SERRATE
Corte Departamental Electoral de Santa Cruz
- JORGE ENRIQUE PONCE DE LEON
Corte Departamental Electoral de Cochabamba
- ANTONIO RAFAEL LANDIVAR GANTIER
Corte Departamental Electoral de Chuquisaca
- FIDEL TERRAZAS CAMACHO
Corte Departamental Electoral de Oruro
- LILIAN MOLINA MITRU DE CASO
Corte Departamental Electoral de Tarija
- MARTHA MONICA COSSIO TORRICO
Corte Departamental Electoral de Potosí
- ELFIA BECERRA ROCA DE CHAVEZ
Corte Departamental Electoral del Beni
- CARLOS AZAD LIMPIAS
Corte Departamental Electoral de Pando
Los señores Vocales designados por el Presidente Constitucional de la República, en representación del Poder Ejecutivo, serán posesionados por el Presidente de la Corte Nacional Electoral, de acuerdo a Ley.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil uno.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, José Rivera Eterovíc MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26296, 30 de agosto de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe designa Vocales Titulares de las Cortes Departamentales Electorales en representación del Poder Ejecutivo.
KeywordsGaceta 2338, 2001-08-31, Decreto Supremo, agosto/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23853
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, José Rivera Eterovíc MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto.
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Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-28349] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28349, 14 de septiembre de 2005
Se designan Vocales Titulares en las Cortes Departamentales Electorales, en representación del Poder Ejecutivo.

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-L-1985] Bolivia: Ley Nº 1985, 25 de junio de 1999
Apruébase la suscripción del Contrato de Préstamo con la Kreditanstalt Fur Wiederaufbau de la República Federal de Alemania, por un monto de DM 8.000.000.- destinado al Proyecto "Financiamiento de la Pequeña y Micro Empresa"
[BO-L-2232] Bolivia: Ley Nº 2232, 25 de julio de 2001
Ley de Modificaciones al Código Electoral

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