CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se modifica el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 25819, de 21 de junio de 2000, de conformidad con el siguiente texto:
“Artículo 10° (Pliego y convocatoria a la licitacion) Una vez que la Superintendencia de a conocer los criterios técnicos referidos en el artículo precedente y fije el procedimiento dispuesto en el presente capítulo, las Administradoras de Fondos de Pensiones, de manera conjunta deberán elaborar el Pliego de Licitación en un plazo de quince (15) días calendario, el mismo que deberá contar con la aprobación de la Superintendencia. Durante los plazos, que serán definidos por Resolución Administrativa de la Superintendencia, las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán convocar a la Licitación Pública de los seguros previsionales de Riesgo Común y Riesgo Profesional.
La apertura de sobres que contenga la propuesta económica, se realizará en los plazos que serán definidos por Resolución Administrativa de la Superintendencia.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26153, 12 de abril de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el artículo 10° del Decreto Supremo N° 25819, de 21 /06/ 2000,(Seguros Previsionales de Riesgo Común y Riesgo Profesional). | ||||
Keywords | Gaceta 2308, 2001-04-30, Decreto Supremo, abril/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23710 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald Mac Lean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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