Bolivia: Decreto Supremo Nº 26118, 22 de marzo de 2001

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Ministerio de la Presidencia ejerce la tuición del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de conformidad con lo establecido en el Artículo 45° parágrafo II del Decreto Supremo Nº 24855 de 22 de septiembre de 1997 y el artículo 54° del Decreto Supremo Nº 25055 de 23 de mayo de 1998.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 25441 de fecha 25 de junio de 1999 se suprimen los Directorios del Fondo de Inversión Social (FIS), Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y del Fondo de Desarrollo Campesino (FDC); creándose un Directorio Único de Fondos (DUF) para coordinar las actividades de los mismos.
  • Que el Directorio Único de Fondos se constituye en la instancia destinada a apoyar los planes de lucha contra la pobreza establecidos en el Plan Operativo de Acción y el proceso de perfeccionamiento de la descentralización a través de los Fondos de Inversión y Desarrollo (FID), según establece el Decreto Supremo Nº 25626 de fecha 24 de diciembre de 1999.
  • Que el Decreto Supremo Nº 25882 de 25 de agosto del 2000 establece que el Directorio Único de Fondos (DUF), es una institución descentralizada, de derecho público, bajo la tuición del Presidente de la República, con personería jurídica y estructura propia, competencia de ámbito nacional, autonomía de gestión técnica-administrativa y patrimonio propio.
  • Que el Artículo 7° del Decreto Supremo Nº 25441 establece que el Directorio Único de Fondos contará con “un reducido equipo de trabajo y el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 25626 establece una estructura de apoyo directo al DUF, el mismo que requiere muebles de oficina y equipos que el permitan cumplir sus funciones.
  • Que actualmente los Fondos de Inversión y Desarrollo ligados a la estructura del DUF poseen bienes muebles y equipos que no son indispensables en sus actividades cotidianas los cuales pueden transferirlos al Ministerio de la Presidencia y al DUF en calidad de donación, a objeto de evitar mayores gastos al Estado por tratarse de instituciones con vínculos de tuición y dependencia.
  • Que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) ha entregado, en calidad de préstamo, al Ministerio de la Presidencia dos vagonetas y al Directorio Único de Fondos una vagoneta; bienes que actualmente se encuentran prestando servicios en estas instituciones, sin afectar de ninguna manera las actividades cotidianas del Fondo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Instruir al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) transferir a título gratuito al Ministerio de la Presidencia las vagonetas detalladas a continuación:
Vagoneta Nissan Patrol 4x4, modelo 1997, 4200cc, Color Verde-Plata, Placa de Registro Nº 1084XKP, Motor Nº TB42-131426, Chasis Nº JN10WGY60Z0250611, Póliza Nº 12094341.
Vagoneta Nissan Patrol 4x4, modelo 1997, 4200cc. Color Verde - Plata, Placa de Registro Nº 1084XLT, Motor Nº TB42-131140, Chasis Nº JN10WGY60Z0250606, Póliza Nº 12148566.

Artículo 2°.- Instruir al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) transferir a título gratuito al Directorio Único de Fondos (DUF) la Vagoneta Nissan Patrol 4x4, modelo 1999, 4279cc, Color Azul - Veige, Placa de Registro Nº 1084ISY, Motor Nº TB45-018833, Chasis Nº JN1TBSY61Z0501236, Póliza Nº 723969-4.

Artículo 3°.- Instruir al Fondo de Desarrollo Campesino (FDC), transferir al Directorio Único de Fondos la línea telefónica registrada en la Cooperativa de Teléfonos de La Paz (COTEL) bajo el contrato Nº 71025179 y línea telefónica Nº 410249.

Artículo 4°.- Instruir al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS) y Fondo de Desarrollo Campesino (FDC), transferir a título gratuito al Directorio Único de Fondos los muebles y equipos que sean necesarios para el normal funcionamiento de su estructura de apoyo directo, de conformidad al inventario levantado, con intervención de Notario de Fé Pública y que sea aprobado por el Directorio Único de Fondos.


El Señor Ministro de la Presidencia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil uno
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Alberto Machicao Barbery MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26118, 22 de marzo de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInstruir al FNDR transferir al Ministerio de la Presidencia varios Activos Fijos.
KeywordsGaceta 2300, 2001-03-30, Decreto Supremo, marzo/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23675
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Alberto Machicao Barbery MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24855] Bolivia: Reglamento a la ley de organización del poder ejecutivo, DS Nº 24855, 22 de septiembre de 1997
Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
[BO-DS-25055] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25055, 23 de mayo de 1998
NORMA COMPLEMENTARIA D.S. 24855 de 22 /09/ 1997.
[BO-DS-25441] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25441, 23 de junio de 1999
Se abroga el decreto supremo 23855 de 7 /09/ 1994 y se suprimen los actuales Directorios del F.D.C., F.I.S., y FNDR.
[BO-DS-25882] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25882, 25 de agosto de 2000
Excluir al FONAMA del Directorio Unico de Fondos.

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