CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Fondo de Desarrollo Campesino, aplicar a gastos corrientes, de operación, inversión, pago de deuda y otros pasivos, las operaciones efectuadas hasta la fecha, así como las recuperaciones posteriores a la promulgación de la presente disposición, tanto por la unidad BAB, como UCF'S y PL-480; respaldados por el presupuesto aprobado de la gestión.
Artículo 2°.- Las recuperaciones que constituyan un remanente al presupuesto aprobado, si las hubiere, serán destinadas a los fondos de inversión y desarrollo para su ejecución en proyectos de inversión y hasta un máximo de 15% en gastos y supervisión, de acuerdo al presupuesto aprobado de dichos fondos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25872, 18 de agosto de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Fondo de Desarrollo Campesino, aplicar a gastos corrientes, de operación, inversión, pago de deuda y otros pasivos, las operaciones efectuadas hasta la fecha, asi como las recuperaciones posteriores a la promulgación de la presente disposición tanto por la unidad BAB como UCF'S y PL-480; respaldados por el presupuesto aprobado de la gestión. | ||||
Keywords | Gaceta 2239, 2000-08-18, Decreto Supremo, agosto/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23435 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald Mac Lean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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