Bolivia: Decreto Supremo Nº 25746, 20 de abril de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Ley Nº 1981 de 27 de mayo de 1999 se fusiona el Margen Fijo del Régimen de Precios de los productos de petróleo determinado por el Decreto Supremo Nº 24914, al Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD).
  • Que el artículo 3° de la Ley Nº 1981 establece que se transferirán a las Prefecturas nuevas obligaciones de financiamiento, acordes con el aumento de los ingresos por concepto de IEHD, señalando asimismo que estas nuevas obligaciones que se transfieran no podrán exceder en ningún caso el 20% del IEHD, transferido a las Prefecturas y serán fijadas anualmente en el Presupuesto General de la Nación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorizar al Tesoro General de la Nación, a utilizar los recursos provenientes de las transferencias del 20% del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y Derivados inscritos en el Presupuesto de las Prefecturas Departamentales, para atender la subvención ordinaria en favor de las Universidades Públicas, asignando los recursos considerados en cada Prefectura a la Universidad correspondiente del Departamento.

Artículo 2°.- Si el monto del 20% del IEHD transferido a las Prefecturas, excede a la subvención ordinaria definida para la Universidad del Departamento, se autoriza al Tesoro General de la Nación a suscribir un convenio con la Prefectura pertinente, a fin de asignar los recursos excedentes para atender programas de caminos y proyectos de inversión.

Artículo 3°.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente decreto supremo.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril del año dosmil.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Luis Eduardo Serrate Céspedes, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Ronald MacLean Abaroa.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25746, 20 de abril de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar al T.G.N.a utilizar los recursos provenientes de las transferencias del 20% del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y Derivados inscritos en el Presupuesto de las Prefecturas Departamentales, para atender la subvención ordinaria en favor de las Universidades Públicas.
KeywordsGaceta 2214, 2000-04-24, Decreto Supremo, abril/2000
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23312
Referencias2000.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Luis Eduardo Serrate Céspedes, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Ronald MacLean Abaroa.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24914] Bolivia: Reglamento Sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo, DS Nº 24914, 5 de diciembre de 1997
Ratifícase el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo, aprobado mediante el Decreto Supremo 24804 de 4/08/1997, con las complementaciones y actualizaciones contenidas en el texto adjunto, vigente a partir del 6/12/1997.
[BO-L-1981] Bolivia: Ley Nº 1981, 27 de mayo de 1999
Se fusiona el Margen Fijo del Régimen de Precios de los Productos de Petróleo determinado por el Decreto Supremo N° 24914 del 5 de diciembre de 1997, al Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD)

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