CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Dispónese la vigencia administrativa del Sexto y Séptimo Protocolo Adicionales del Acuerdo de Complementación Económica Nº 36, suscritos entre el Gobierno de Bolivia y los Gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), en fecha 30 de diciembre de 1999, y cuyos textos forman parte del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25742, 14 de abril de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la vigencia administrativa del Sexto y Séptimo Protocolo Adicionales del Acuerdo de Complementación Económica Nº 36 del MERCOSUR. | ||||
Keywords | Gaceta 2213, 2000-04-17, Decreto Supremo, abril/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/36019 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Luis Eduardo Serrate Céspedes, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Ronald MacLean Abaroa. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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