Bolivia: Decreto Supremo Nº 24950, 4 de febrero de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la lucha contra el narcotráfico es una tarea de dimensiones y responsabilidades compartidas entre todos los países en los que se produce y consume droga;
  • Que los resultados alcanzados hasta el presente conforme a la estrategia nacional de lucha contra el narcotráfico, no han sido los deseados, por lo que es necesario mejorar y hacer más eficiente los instrumentos operativos y jurídicos;
  • Que debe aplicarse con severidad, en los casos de interdicción, las sanciones respectivas a todo aquel que intervenga en la producción y comercialización de drogas, lavado de dinero y tráfico ilegal de precursores;
  • Que es necesario modificar la legislación vigente en lo inherente al tema, de conformidad a lo prescrito por la Ley Nº 1008 del 19 de julio de 1988 y el Decreto Supremo Nº 24Ley Nº 96 de 22 de diciembre de Ley Nº 995 a fin de combatir eficazmente el trafico de precursores y sustancias químicas controladas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- A fin de incentivar la participación activa de la ciudadanía y el pueblo en general contra el tráfico y tenencia de sustancias controladas, a partir de la fecha, las personas individuales o colectivas que denuncien la tenencia y tráfico de precursores químicos y materias primas que sirvan para la elaboración de sustancias controladas, serán beneficiadas con el cincuenta por ciento (50) del producto del remate en pública subasta de dichos productos y materias primas decomisadas.

Artículo 2°.- El Ministerio de Gobierno emitir la resolución ministerial que regule la ejecución y cumplimiento de este decreto supremo.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Gobierno queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24950, 4 de febrero de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioA partir de la fecha, las personas individuales o colectivas que denuncien la tenencia y tráfico de precursores químicos y materias primas que sirvan para la elaboración de sustancias controladas, serán beneficiadas con el cincuenta por ciento (50) del producto del remate en pública subasta.
KeywordsGaceta 2050, 1998-02-16, Decreto Supremo, febrero/1998
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16546
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-995] Bolivia: Ley Nº 995, 4 de abril de 1988
Declárese de prioridad nacional de solución integral de la problemática de la cuenca del río Piraí, santa cruz
[BO-L-1008] Bolivia: Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, 19 de julio de 1988
Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas
[BO-L-N995] Bolivia: Ley Nº 995, 13 de noviembre de 2017
13 DE NOVIEMBRE DE 2017.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 964,32 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Toledo, a favor de la Policía Boliviana, con destino exclusivo para el emplazamiento del Puesto Policial “Untavi”, de conformidad a la Ley Municipal N° 099/2017, promulgada en fecha 9 de marzo de 2017, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Toledo.

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