CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Emergencia para combatir la pobreza en la ciudad de El Alto que comprenda los siguientes programas prioritarios: i) Mejoramiento de la infraestructura escolar y apoyo a la reforma educativa, ii) mejoramiento de barrios pobres y ampliación de la cobertura de servicios básicos, iii) atención primaria en salud, iv) apoyo a la microempresa y v) atención integral a la niñez.
Artículo 2°.- La dirección y coordinación estará a cargo de un Delegado Presidencial responsable de la ejecución del Plan de Emergencia y supervisión del estricto cumplimiento de los planes y programas detallados en el anexo 1 del presente decreto supremo.
Artículo 3°.- Se crea una Comisión Interministerial conformada por los Ministros de la Presidencia, Vivienda y Servicios Básicos, Educación Cultura y Deportes, la coordinación de la Comisión estará a cargo del Delegado Presidencial.
Artículo 4°.- Además de los miembros de la Comisión Interministerial y del Delegado Presidencial, participarán en la ejecución del Plan de Emergencia, las siguientes instituciones: Fondo de Inversión Social (FIS), Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Ministerio de Salud y Previsión Social, Ministerio de Trabajo y Microempresa, Ministerio de Desarrollo Económico, Ministerio de Hacienda, el Prefecto del Departamento de La Paz y el Alcalde Municipal de la ciudad de El Alto.
Artículo 5°.- Los ministerios, fondos e instituciones públicas comprendidos en la ejecución del Plan de Emergencia, deben programar, a partir de la gestión 1998, las correspondientes partidas presupuestarias y reportar su ejecución al Delegado Presidencial las veces que éste requiera, debiendo a su vez priorizar la ejecución de programas y proyectos conforme disposiciones que emita el Delegado Presidencial.
Artículo 6°.- El Delegado Presidencial se encargará de la elaboración de su presupuesto anual de funcionamiento, que estará inserto en el de la Presidencia de la República.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24929, 30 de diciembre de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Aprobar el Plan de Emergencia para combatir la pobreza en la ciudad de El Alto. | ||||
Keywords | Gaceta 2048, 1998-01-19, Decreto Supremo, diciembre/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16524 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Luis Daza Montero, MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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