Bolivia: Decreto Supremo Nº 24892, 5 de noviembre de 1997

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la ley de Pensiones 1732 de 29 de noviembre de 1996 determina la liquidación de los entes gestores de cualquier naturaleza que administren de manera exclusiva los regímenes de vejez, jubilación, invalidez, muerte, riesgos profesionales de largo plazo y seguros especiales de la seguridad social boliviana, a cuyo efecto sus bienes deben ser objeto de disposición y transferencia a cargo de la Unidad de Reordenamiento, de acuerdo a reglamento;
  • Que se ha autorizado al Ministerio de Hacienda, por decretos supremos Nº 24669 de 21 de junio, Nº 24735 de 31 de julio y Nº 24787 de 4 de agosto todos de 1997, la transferencia del inmueble perteneciente al Fondo Complementario de las Corporaciones de Desarrollo, situado en la avenida 20 de octubre número 1951, cuatro líneas telefónicas y un vehículo en favor de al Superintendencia Agraria del Sistema de Regulación de Recursos Renovables (SIRENARE);
  • Que el Ministerio de Hacienda ha ejercido funciones que por ley competen a la Unidad de Reordenamiento, ejercicio que resulta nulo de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Constitución Política del Estado;
  • Que existen procesos pendientes contra la Ley Nº 1732 y no se ha emitido aún la reglamentación prevista en su artículo 56, razones por las que no puede disponerse los bienes de los entes gestores en liquidación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se deja sin efecto las transferencias dispuestas por los decretos supremos Nº 24735 y Nº 24787 respectivamente de 31 de julio y 4 de agosto de 1997.

Artículo 2°.- La Superintendencia Agraria del Sistema de Regulación de Recursos Renovables (SIRENARE) deberá efectuar los trámites necesarios, a fin de desincorporar de los registros respectivos su derecho propietario sobre los bienes referidos.

Artículo 3°.- Se abroga los decretos supremos Nº 24735 y Nº 24787 respectivamente de 31 de julio y 4 de agosto ambos de 1997. Se deroga todas las demás disposiciones legales contrarias a este decreto supremo.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Comercio Exterior e Inversión, Hacienda, Desarrollo Sostenible y Planificación así como Agricultura Ganadería y Desarrollo Rural quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortez de Soriano, Jorge Pacheco Franco, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24892, 5 de noviembre de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe deja sin efecto las transferencias dispuestas por los decretos supremos 24735 y 24787 respectivamente de 31 de julio y 4 /08/ 1,997.
KeywordsGaceta 2041, 1997-11-28, Decreto Supremo, noviembre/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16461
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortez de Soriano, Jorge Pacheco Franco, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abroga a

[BO-DS-24735] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24735, 31 de julio de 1997
Autorizar al Ministerio de Hacienda transferir en propiedad a la Superintendencia Agraria del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables (SIRENARE) el inmueble del e Fondo Complementario de las Corporaciones de Desarrollo ubicado en la Avenida 20 de Octubre No. 1959, La Paz.
[BO-DS-24787] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24787, 4 de agosto de 1997
Ratificar la numeración 1951 que corresponde a la dirección del inmueble del e fondo complementario de las Corporaciones de Desarrollo.

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-L-1732] Bolivia: Ley de Pensiones, 29 de noviembre de 1996
Ley de Pensiones
[BO-DS-24669] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24669, 21 de junio de 1997
Autorizar los ajustes dentro del Presupuesto General de la Nación, gestión 1997, con la incorporación del Sistema de Regulación Financiera (SIREFI) y de la Superintendencia de Minas, y la recomposición de los presupuestos institucionales de la Superintendencia de Regulación Sectorial (SIRESE) y de la Superintendencia de Regulación de Recursos Naturales Renovables (SIRENARE), de conformidad con sus leyes de creación
[BO-DS-24735] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24735, 31 de julio de 1997
Autorizar al Ministerio de Hacienda transferir en propiedad a la Superintendencia Agraria del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables (SIRENARE) el inmueble del e Fondo Complementario de las Corporaciones de Desarrollo ubicado en la Avenida 20 de Octubre No. 1959, La Paz.
[BO-DS-24787] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24787, 4 de agosto de 1997
Ratificar la numeración 1951 que corresponde a la dirección del inmueble del e fondo complementario de las Corporaciones de Desarrollo.

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