CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) aceptar, a efectos de la suscripción de los contratos de riesgo compartido, boletas de garantía emitidas en el extranjero por bancos de primera línea que cumplan mínimamente la clasificación B Thompson Bani Watch.
Artículo 2°.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, por razones de fuerza mayor derivadas de las dificultades en la presentación de las boletas de garantía bancaria y de los documentos legales pertinentes, ampliar el plazo para la suscripción de contratos de riesgo compartido hasta treinta días calendario posteriores al plazo otorgado en el Decreto Supremo Nº 24805 de 4 de agosto de 1997.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24890, 5 de noviembre de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza a YPFB aceptar, a efectos de la suscripción de los contratos de riesgo compartido, boletas de garantía emitidas en el extranjero por bancos de primera línea. | ||||
Keywords | Gaceta 2041, 1997-11-28, Decreto Supremo, noviembre/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16459 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortez de Soriano, Jorge Pacheco Franco, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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