Bolivia: Decreto Supremo Nº 24851, 20 de septiembre de 1997

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 24600 de 6 de mayo de 1997 se adoptaron medidas sobre valoración aduanera, estableciéndose un procedimiento para la verificación de operaciones de importación y exportación de mercancías creando unidades de apoyo para su implementación;
  • Que mediante Ley Nº 1549 de 28 de mayo de 1994 se aprobaron y ratificaron los acuerdos sobre Licencias de Importación y Valoración Aduanera del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (G. A. T. T.) suscrito en Ginebra el 27 de enero de 1993:
  • Que el Acuerdo Relativo a la aplicación del artículo 7mo. del G. A. T. T., establece los lineamientos generales a seguir por toda norma que regule la forma de determinación del valor dentro del marco del Comercio Exterior, referidos a tributos “ad valorem”, basados estrictamente en el precio realmente pagado o por pagar de la mercadería, criterios de valoración que encuentran descritos en este acuerdo para ser aplicados por los países miembros;
  • Que el ejercicio del comercio y la industria se regula mediante ley, no pudiendo otras normas de menor jerarquía alterar ni contrariar sus disposiciones.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 24600 de 6 de mayo de 1997, encomendándose al señor Ministro de Hacienda a conformar una comisión para la elaboración de una norma sobre valoración aduanera.

Artículo 2°.- Las empresas de verificación de comercio exterior Societe Generale de Survillance S.A.(S. G. S.) e Inspectorate Griffith Ltda., continuarán su labor de verificación del Comercio Exterior, en tanto se procese una nueva Licitación Internacional:


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Marcelo Montero Nuñez del Prado, MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Ana María Cortez de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Q., Jaime Delgadillo Velásquez, MINISTRO INTERINO DE SALUD Y PREVISION SOCIAL, Leopoldo López Cossío, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24851, 20 de septiembre de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe abroga el Decreto Supremo Nº 24600 de 6 /05/ 1997 (valoración aduanera).
KeywordsGaceta 2035, 1997-09-23, Decreto Supremo, septiembre/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16416
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Marcelo Montero Nuñez del Prado, MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Ana María Cortez de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Q., Jaime Delgadillo Velásquez, MINISTRO INTERINO DE SALUD Y PREVISION SOCIAL, Leopoldo López Cossío, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abroga a

[BO-DS-24600] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24600, 6 de mayo de 1997
SISTEMA NACIONAL DE VALORACIÓN ADUANERA (ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DECLARACIÓN DEL VALOR EN ADUANA).

Véase también

[BO-L-1549] Bolivia: Ley Nº 1549, 28 de marzo de 1994
Acuerdos sobre licencias de importación y valoración aduanera del GATT, se aprueban y ratifican los suscritos en ginebra el 27 de enero de 1993
[BO-DS-24600] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24600, 6 de mayo de 1997
SISTEMA NACIONAL DE VALORACIÓN ADUANERA (ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DECLARACIÓN DEL VALOR EN ADUANA).

Referencias a esta norma

[BO-DS-25670] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25670, 11 de febrero de 2000
Transfiérese a la Aduana Nacional la representación del Estado Boliviano en todos los contratos suscritos con las empresas Societé Generale de Survillance S.A. e Inspectorate Griffith Ltd., para la verificación del comercio exterior de Bolivia.

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