Bolivia: Decreto Supremo Nº 24771, 31 de julio de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que, la Ley Nº 1768 de Modificaciones al Código Penal de 10 de marzo de 1997 introduce el régimen penal y administrativo de la legitimación de ganancias ilícitas, como un elemento esencial en la lucha contra la delincuencia organizada y transnacional.
  • Que, el artículo 185 de la citada ley establece la creación de la Unidad de Investigaciones Financieras, como órgano encargado de ejecutar medidas de prevención y control para evitar la legitimación de ganancias ilícitas dentro del sistema financiero nacional.
  • Que, el mismo artículo establece que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo establecerá la organización, atribuciones, procedimientos, y el régimen de infracciones administrativas de la Unidad de Investigaciones Financieras.

EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:

Artículo Único.- Apruébase el REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES FINANCIERAS, creada mediante Ley Nº 1768 de Modificaciones al Código Penal de 10 de marzo de 1997 conforme al texto anexo


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Justicia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los treinta y un días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.

Anexo

Reglamento de la Unidad de Investigaciones Financieras

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24771, 31 de julio de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Reglamento de la Unidad de Investigaciones Financieras, creada mediante Ley 1768 de Modificaciones al Código Penal de 10/03/1997.
KeywordsDecreto Supremo, julio/1997
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24771.html
Referencias15257-29635.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-28695] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28695, 26 de abril de 2006
Se crea el Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, el Enriquecimiento Ilícito y, para la Investigación de Fortunas.

Véase también

[BO-L-1768] Bolivia: Ley de Modificaciones al Código Penal, 10 de marzo de 1997
Ley de Modificaciones al Código Penal
[BO-RE-DS24771] Bolivia: Reglamento de la Unidad de Investigaciones Financieras, 31 de julio de 1997
Reglamento

Referencias a esta norma

[BO-DS-28713] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28713, 13 de mayo de 2006
Se dispone la continuidad del funcionamiento de la Unidad de Investigaciones Financieras dependiente de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras.
[BO-DS-28956] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28956, 29 de noviembre de 2006
Se dispone la derogación del Parágrafo I del Artículo 25 del Decreto Supremo N° 28695 de 26 /04/ 2006, restituyéndose la plena vigencia del Decreto Supremo Nº 24771 de 31 /07/ 1997 (Unidad de Investigaciones Financieras UIF).
[BO-DS-29681] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29681, 20 de agosto de 2008
Establece la obligatoriedad de personas naturales o jurídicas, públicas, privadas o mixtas, nacionales o extranjeras, a declarar la internación y salida física de divisas del territorio nacional, también norma el registro y control de dichas operaciones.
[BO-DS-N910] Bolivia: Decreto Supremo Nº 910, 15 de junio de 2011
Reglamenta el régimen de infracciones y los procedimientos para la determinación y aplicación de sanciones administrativas en lo concerniente a la Legitimación de Ganancias Ilícitas por parte de la Unidad de Investigaciones Financieras - UIF, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, a las personas naturales y jurídicas que se encuentren bajo el ámbito de las Leyes que regulan el sistema financiero y sus correspondientes reglamentos.
[BO-L-N170] Bolivia: Ley Nº 170, 9 de septiembre de 2011
Incorpora al Código Penal de las figuras penales de Financiamiento del Terrorismo y Separatismo; la modificación de las tipificaciones de los delitos de Terrorismo y de Legitimación de Ganancias Ilícitas; y, la asignación a la Unidad de Investigaciones Financieras - UIF, de atribuciones con las que se instituye el régimen administrativo del delito de Financiamiento del Terrorismo.
[BO-DS-N1553] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1553, 8 de abril de 2013
Establece procedimientos complementarios relacionados con el régimen de congelamiento de fondos y otros activos establecido en la Ley N° 262, de 30 de julio de 2012, Régimen de Congelamiento de Fondos y otros Activos de Personas Vinculadas con Acciones de Terrorismo y Financiamiento del Terrorismo, a efectos de procesar el levantamiento de la medida en casos de desafectación de las personas o por razones de necesidad humanitaria para permitirles a las personas alcanzadas por la medida de congelamiento, sufragar sus gastos básicos o extraordinarios.
[BO-DS-N3434] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3434, 13 de diciembre de 2017
13 DE DICIEMBRE DE 2017.- REGLAMENTO DE LA LEY DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS CONTROLADAS.

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