CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se ratifica y pone en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberación y Expansión del Comercio Intraregional de Semillas (AAP/AG/2) y sus protocolos, como parte integrante del presente decreto supremo.
Artículo 2°.- Las importaciones de los productos originarios provenientes de las repúblicas suscribientes y beneficiarias de la Lista Común de Semillas, insertada en el anexo del anexo del primer protocolo adicional del acuerdo, quedan exentas del gravamen aduanero consolidado, GAC, y liberadas de restricciones.
Artículo 3°.- Los productos incluidos en el anexo del primer protocolo adicional del acuerdo, están sometidos al régimen fitosanitario de defensa y control que la Secretaría Nacional de Agricultura y Ganadería, SNAG, establezca como autoridad competente.
Artículo 4°.- Se debe cumplir, a los efectos del artículo 2, con las condiciones sobre normas de origen previstas en el régimen general de origen de la ALADI, adoptado mediante la resolución 78 del Comité de Representantes de la Asociación sin aplicar lo dispuesto en el artículo único del Decreto Supremo Nº 14582 de 16 de mayo de 1977 y la consiguiente disposición de la resolución ministerial 639/77 de 15 de julio de 1977, así como toda otra disposición contraria a este decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24543, 31 de marzo de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se ratifica y pone en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberación y Expansión del Comercio Intraregional de Semillas (AAP/AG/2). | ||||
Keywords | Gaceta 1994, 1997-04-25, Decreto Supremo, marzo/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18071 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Antezana Villegas, MINISTRO SUPLENTE DE COMUNICACION SOCIAL, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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