CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese la capitalización de la Empresa Petrolera Chaco Sociedad de Economía Mixta (EPCHA S. A. M.), en cumplimiento de lo previsto por el artículo tercero de la Ley de Capitalización.
Artículo 2°.- Adjudícase en favor del Proponente AMOCO BOLIVIA PETROLEUM COMPANY, las acciones a ser emitidas para la capitalización de la Empresa Petrolera Chaco Sociedad de Economía Mixta (EPCHA S. A. M.), por el monto de TRESCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y siete mil UN 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us.306.667.001.-), de conformidad a los Términos de Referencia de la Licitación Pública Internacional (Segunda Etapa) REF.: MC-05/95.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministro sin Cartera Responsable de Capitalización a suscribir el Contrato de Suscripción de Acciones y el Contrato de Administración correspondientes a la Empresa Petrolera Chaco Sociedad de Economía Mixta (EPCHA S. A. M.), que deberán ser protocolizados ante Notario de Minas y Petróleos, debiendo cobrarse únicamente DIEZ 00/100 BOLIVIANOS (Bs10.-) por hoja.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24430, 5 de diciembre de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la capitalización de la Empresa Petrolera Chaco Sociedad de Economía Mixta (EPCHA S.A.M.). | ||||
Keywords | Gaceta 1964, 1996-12-05, Decreto Supremo, diciembre/1996 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/12008 | ||||
Referencias | 1996.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Franklin Anaya Vásquez, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Raúl España Smith, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortiz, Moisés Jarmusz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcázar Gutiérrez, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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