CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Instrúyese a la Corporación Minera de Bolivia, transferir al Tesoro General de la Nación todos los bienes muebles directamente relacionados con los sectores de salud y educación, tales como equipo médico y quirúrgico, material médico, instrumental, mobiliario para escuelas o centros de enseñanza y otros vinculados a esos sectores.
Artículo 2°.- La transferencia instruida en el artículo 1 debe efectuarse con la elaboración del inventario correspondiente y la participación de un notario de fe pública, además de representantes designados por las entidades intervinientes.
Artículo 3°.- La Secretaría Nacional de Hacienda puede entregar en calidad de depósito los bienes referidos en el artículo 1, relacionados con el sector Salud, en favor de la Caja Nacional de Salud, y los pertinentes al sector Educación, en tanto se adecue la entrega definitiva y lo establecido en la ley de participación popular. Estas entregas estarán respaldadas con los respectivos inventarios e intervención de notario de fe pública y los representantes de las entidades interesadas.
Artículo 4°.- Se amplía el plazo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 23974 de 1 de marzo de 1995 para la conciliación de cuentas de la Corporación Minera de Bolivia con entidades de seguridad social, Impuestos Internos y otras entidades estatales, en noventa (90) días más a partir de la publicación del presente decreto supremo.
Artículo 5°.- La comisión especial, conformada según el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 23974 debe presentar el informe requerido por el citado artículo, en un plazo no mayor a treinta (30) días, computable a partir del vencimiento del término previsto en el precedente artículo 4.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24402, 7 de noviembre de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Instrúyese a la COMIBOL, transferir al T.G.N. todos los bienes muebles directamente relacionados con los sectores de salud y educación. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, noviembre/1996 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11978 | ||||
Referencias | 1996.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MINISTRO SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candía Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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