CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de fecha 27 de noviembre de 1995, suscrito entre la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz (CORDEPAZ) y la Orden Hospitalaria San Juan de Dios para la adquisición de terrenos y la construcción del Hospital Psiquiátrico de la ciudad de La Paz.
Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de La Paz, de conformidad con la ley de Descentralización Administrativa, asumirá las atribuciones y facultades que el correspondían a CORDEPAZ, de acuerdo a las previsiones establecidas en la Ley Nº 1330 de 24 de abril de 1992 y Resolución Suprema 216145 de 3 de agosto de 1995, para la adquisición de los terrenos y construcción del Hospital Psiquiátrico.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24197, 22 de diciembre de 1995 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase el Convenio, suscrito entre la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz (CORDEPAZ) y la Orden Hospitalaria San Juan de Dios para la adquisición de terrenos y la construcción del Hospital Psiquiátrico de la ciudad de La Paz. | ||||
Keywords | Gaceta 1918, 1995-12-28, Decreto Supremo, diciembre/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10103 | ||||
Referencias | 1995.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José G Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candía Castillo, Freddy Teodovich Ortiz, Moisés Jarmúsz Levy, Jorge España Smith, MINISTRO SUPLENTE DE TRABAJO, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.