CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Tesoro General de la Nación aplicar la tasa de 1% anual en el cálculo de intereses devengados por los créditos LAZARD BROTHERS y CACEX I, a cargo de la Empresa Nacional de Electricidad S. A.
Artículo 2°.- La Empresa Nacional de Electricidad S. A. deberá cancelar al Tesoro General de la Nación los intereses devengados por los créditos LAZARD BROTHERS y CACEX I dentro de los 30 días de publicado el presente decreto supremo, aplicando la tasa señalada en el artículo primero.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24044, 28 de junio de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al T.G.N. aplicar la tasa del 1% anual en el cálculo de intereses devengados por los créditos LAZARD BROTHERS y CACEX I, a cargo de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. | ||||
Keywords | Gaceta 1885, 1995-06-28, Decreto Supremo, junio/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16779 | ||||
Referencias | 1995.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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