CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Dispónese la vigencia administrativa del Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 19 suscrito en la ciudad de Montevideo el 15 de noviembre de 1994 el cual prorroga la vigencia de las preferencias pactadas entre Bolivia y Argentina en dicho Acuerdo hasta el 30 de junio de 1995. El Segundo Protocolo en Anexo I forma parte del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23946, 30 de enero de 1995 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la vigencia administrativa del Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 19 suscrito en la ciudad de Montevideo el 15 /11/ 1994, entre Bolivia y Argentina. | ||||
Keywords | Gaceta 1868, 1995-02-03, Decreto Supremo, enero/1995 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17820 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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