CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Ampliar el plazo hasta 180 días computables a partir de la dictacíón del presente Decreto Supremo, para que el Banco Central de Bolivia conjuntamente con la Secretaría Nacional de Hacienda, convoquen a licitación pública para asignar los servicios de corresponsalía a los bancos del sistema.
Artículo 2°.- Queda Abrogado el Decreto Supremo Nº 23546 y derogado el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23690.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23736, 8 de marzo de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ampliar el plazo hasta 180 días computables a partir de la dictación del presente Decreto Supremo, para que el Banco Central de Bolivia conjuntamente con la Secretaría Nacional de Hacienda, convoquen a licitación pública para asignar los servicios de corresponsalía a los Bancos del Sistema. | ||||
Keywords | Gaceta 1822, 1994-03-11, Decreto Supremo, marzo/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17709 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Jorge Gumucio Granier Min. Suplente de RR. EE. y Culto, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzaín, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandóval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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