Bolivia: Decreto Supremo Nº 23720, 30 de enero de 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que se asigna anualmente, mediante ley presupuestaria, recursos para el pago de obligaciones de deuda interna, que son producto de la contratación de bienes o servicios o la expropiación de bienes inmuebles que no pudieron ser pagadas oportunamente, pese a haber sido presupuestadas;
  • Que el pago de obligaciones de deuda interna, legalmente reconocidas por el Tesoro General de la Nación, constituye una obligación que debe ser honrada;
  • Que los recursos con que el Tesoro General de la Nación cuenta debe asignarse preferentemente a programas y proyectos en las áreas de educación, salud e inversión pública;
  • Que el artículo 11 de la Ley Nº 1178 determina que el sistema de Tesorería y Crédito Público manejará el financiamiento o crédito público.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación, dependiente de la Secretaría Nacional de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, emitir BONOS DEL TESORO en moneda nacional y en moneda extranjera, para el pago de obligaciones de deuda interna.

Artículo 2°.- Autorízase al Tesoro General de la Nación suscribir convenios de reestructuración de la deuda interna de empresas públicas, corporaciones de desarrollo y otras entidades descentralizadas.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23720, 30 de enero de 1994
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Tesoro General de la Nación, dependiente de la Secretaría Nacional de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, emitir BONOS DEL TESORO en moneda nacional y en moneda extranjera, para el pago de obligaciones de deuda interna.
KeywordsGaceta 1820, 1994-02-11, Decreto Supremo, enero/1994
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17688
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Abrogada por

[BO-DS-25513] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25513, 17 de septiembre de 1999
Se autoriza al Tesoro General de la Nación, emitir bonos del tesoro en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor.

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)

Referencias a esta norma

[BO-DS-24627] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24627, 21 de mayo de 1997
Autorízase al TGN, dependiente de la Secretaría Nacional de Hacienda del Ministerio de Hacienda, emitir títulos de deuda (bonos del Tesoro) a mediano y largo plazo en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor, en el mercado interno, para cubrir necesidades de financiamiento que las operaciones del TGN demanden.

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