CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Modifícase el artículo 175 de la llamada Ley de Entidades Aseguradoras, puesta en vigencia por el decreto Nº 15516 de 2 de junio de 1, 978, en la siguiente forma:
“Artículo 175 (Superintendente). La Superintendencia estará dirigida y representada por un funcionario jefe denominado Superintendente Nacional de Seguros y Reaseguros nombrado por el Presidente de la República, quien podrá también removerlo del cargo, por razones de mejor servicio u otras causas.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23656, 5 de octubre de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifícase el artículo 175 de la llamada Ley de Entidades Aseguradoras, puesta en vigencia por el Decreto 15516 de 2 /06/ 1978. | ||||
Keywords | Gaceta 1805, 1993-10-18, Decreto Supremo, octubre/1993 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10869 | ||||
Referencias | 1993.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Morales Guillen, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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