Bolivia: Decreto Supremo Nº 23561, 21 de julio de 1993

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, por disposición del artículo 142 de la Ley Electoral, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo Nº 23348 de 3 de diciembre de 1992, convocó a elecciones generales para Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores y Diputados;
  • Que, en los comicios efectuados el 6 de junio del presente año, ninguno de los candidatos obtuvo la mayoría absoluta de votos, debiendo por tanto ser el Honorable Congreso Nacional quien elija Presidente y Vicepresidente de la República, en el marco de lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución Política del Estado;
  • Que, es atribución del Poder Ejecutivo, expedir la convocatoria a sesiones extraordinarias del Honorable Congreso Nacional, señalando el lugar de su reunión, de acuerdo con el artículo 47 de la Carta Magna.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Convócase a sesión extraordinaria del Honorable Congreso Nacional a objeto de considerar el siguiente asunto:

  1. Elección del Presidente y Vicepresidente Constitucional de la República.

Artículo 2°.- El Congreso Nacional se instalará sin ceremonial y funcionará en la ciudad de La Paz, a partir del día martes 3 de agosto de 1993, a horas 19: 00.


El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior Migración, Justicia y Defensa Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos Saavedra Bruno., Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Emma Navajas de Alandia, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Germán Velasco Cortéz, José Luis Lupo Flores.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23561, 21 de julio de 1993
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvócase a sesión extraordinaria del Honorable Congreso Nacional.
KeywordsGaceta 1796, 1993-08-02, Decreto Supremo, julio/1993
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17512
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos Saavedra Bruno., Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Emma Navajas de Alandia, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Germán Velasco Cortéz, José Luis Lupo Flores.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-L-1246] Bolivia: Ley Nº 1246, 5 de julio de 1991
Se norma el procedimiento, desarrollo y vigilancia del proceso electoral para la formación de los poderes legislativo y ejecutivo y los gobiernos comunales instituciones determinadas por ley
[BO-DS-23348] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23348, 3 de diciembre de 1992
Se convoca a elecciones generales de la Nación, para el domingo 6 de junio de 1.993.

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