Bolivia: Decreto Supremo Nº 23138, 8 de mayo de 1992

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 22206 de 30 de mayo de 1989 autoriza al Banco Central de Bolivia "contratar, paras si u otras entidades estatales que soliciten, los servicios profesionales de bufetes y consultores extranjeros especializados necesarios para la defensa de los intereses del Estado ante estrados judiciales del exterior, sobre negociación de contratos, deudas arbitrajes y otras controversias, asi como asesoría especial relacionada con las actividades del ente emisor";
  • Que la Embajada de Bolivia en Washington tiene por encargo del Gobierno y del Banco Central la responsabilidad de negociar con instituciones bancarias y financieras en los Estados Unidos de América la reducción de la deuda comercial del país, a cuyo objeto necesita asesoramiento especializado, solicitando por tal razón la contratación de abogados norteamericanos entendidos en la materia y sugiriendo como idónea a ese fin a la firma de abogados William & Connolly, con sede en Washington, dispuesta brindar inmediatamente el asesoramiento legal eficiente que precisa;
  • Que corresponde autorizar la contratación directa de los abogados William & Connolly, setenta la urgencia del trabajo encomendado a la Embajada en Washington, el alto costo para obtener propuestas de otras firmas especializadas y expertas en la materia con oficinas en Washington y dificultad para identificarlas;
  • Que el directorio del Banco Central de Bolivia, evaluando correctamente estas razones y circunstancias, ha autorizado a su presidente y gerente general, por resolución 078/92 de 28 de abril de 1992, firmar el respectivo contrato de servicios profesionales con William & Connolly.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia la contratación del bufete de abogados William & Connolly, con sede en Washington D. S., Estados Unidos de América, a objeto que asesore a la Embajada de Bolivia en ese país en las negociaciones para la reducción de la deuda externa comercial de la nación.

Artículo 2°.- Los personeros legales del Banco Central de Bolivia firmarán el respectivo contrato con los representantes legales de la firma de abogados William & Connolly.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Manfredo Kempff Suárez Min. RR. EE. y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landívar Min. Presidencia de la República a. i., Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, José Salinas Castro Min. Asuntos Campesinos y Agropecuarios a. i., Hugo Peredo Román Min. Energía e Hidrocarburos a. i., Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23138, 8 de mayo de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al BCB la contratación del bufete de abogados Williams & Connolly con sede en Washington D.S., EE.UU., para la reducción de la deuda externa comercial de la nación.
KeywordsGaceta 1743, 1992-07-06, Decreto Supremo, mayo/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13124
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Manfredo Kempff Suárez Min. RR. EE. y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landívar Min. Presidencia de la República a. i., Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, José Salinas Castro Min. Asuntos Campesinos y Agropecuarios a. i., Hugo Peredo Román Min. Energía e Hidrocarburos a. i., Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22206] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22206, 30 de mayo de 1989
EL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA PODRA CONTRATAR, PARA SI MISMO O PARA OTRAS ENTIDADES DEL ESTADO QUE ASI LO SOLICITEN, LOS SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORES Y BUFETES EXTRANJEROS.

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