CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos se subrogue del Ministerio de Energía e Hidrocarburos el crédito francés por la suma de OCHENTA MILLONES 00/100 DE FRANCOS FRANCESES (FR. F.80.000.000.-), destinado a financiar la importación de bienes y servicios franceses para la instalación de redes de distribución de gas natural en el país.
Artículo 2°.- Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, asumirá, en su calidad de nuevo prestatario del crédito la totalidad de la obligación de pago ante el Gobierno francés en las mismas condiciones establecidas en el contrato de préstamo de 27 de marzo de 1991.
Artículo 3°.- Dispónese que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos inicie la instalación de sistemas secundarios de distribución de gas natural en las ciudades de El Alto, Oruro y Potosí. Las obras civiles de la ciudad de El Alto deben ser licitadas por YPFB, dentro 90 días de la aprobación del presente decreto. YPFB continuará en la ciudad de La Paz, en la presente gestión, con el tendido del sistema primario de suministro de gas natural de acuerdo a su presupuesto y al programa aprobado de obras.
Y.P.F.B. ejecutará las obras civiles y otras que demande el proyecto de instalación de los sistemas secundarios de distribución de gas natural, con su presupuesto de inversiones, para lo cual utilizará los fondos destinados a la inversión, generados por el 25% de la tarifa vigente. Este sistema de distribución será transferido al sector privado mediante los procedimientos de ley. Debe licitar paralelamente, de conformidad al artículo 14 de la Ley de Hidrocarburos, la concesión del servicio público en las mencionadas ciudades, incluida la ciudad de La Paz. El Ministerio de Energía e Hidrocarburos y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos deben elaborar los documentos de licitación y un cronograma que será aprobado por CONEPLAN en el plazo de 60 días
El saldo de materiales y servicios franceses será transferido a otras empresas públicas o privadas del país.
Artículo 4°.- Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos subrogará parcialmente el crédito, previo conocimiento y autorización del Banco Central de Bolivia, a las empresas encargadas del servicio público de distribución y construcción de los sistemas de distribución de gas natural en el país, bajo las mismas condiciones de plazo e intereses establecidas en el contrato suscrito entre el Ministerio de Finanzas, Ministerio de Energía e Hidrocarburos y Banco Central de Bolivia, el 27 de marzo de 1991, y una garantía bancaria de repago aceptable y satisfactoria para el Banco Central de Bolivia.
Artículo 5°.- Dispónese que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos se subrogue el contrato suscrito entre el Ministerio de Energía e Hidrocarburos y SOFREGAZ en las mismas condiciones pactadas en el contrato de 21 de marzo de 1991 y su adendum de 7 de junio de 1991.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23125, 4 de mayo de 1992 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese que Petrolíferos Bolivianos se subroge del Ministerio de Energía e Hidrocarburos el crédito francés por la suma de FR.F. 80.000.000.-, destinado a financiar la importación de bienes y servicios franceses para la instalación de redes de distribución de gas natural en el país. | ||||
Keywords | Gaceta 1741, 1992-06-22, Decreto Supremo, mayo/1992 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/13111 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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