Bolivia: Decreto Supremo Nº 22973A, 14 de noviembre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el artículo 7 de la Ley Nº 308 de 10 de enero de 1964, que determina la Composición del Consejo Nacional de Ingeniería, establece que el Presidente de la mencionada institución debe ser nombrado por el Presidente de la República.
  • Que por Decreto Supremo Nº 15890 de 19 de octubre de 1978, se amplió el número de miembros componentes del mencionado Consejo, disponiendo que los mismos serán designados por el Directorio;
  • Que por falta de norma expresa mediante decretos supremos Nº 10399 de 10 de agosto de 1972, Nº 12658 de 2 de julio de 1978 y resoluciones supremas 186363 de 10 de marzo de 1983, 192603 de 26 de mayo de 1980, 198533 de 17 de octubre de 1983 y 204312 de 6 de mayo de 1988, se ha efectuado la designación del Presidente del Consejo Nacional de Ingeniería en base a la terna propuesta por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia;
  • Que es preciso complementar la disposición legal citada, de acuerdo con los referidos precedentes legales y la opinión afirmativa del señor Ministro Sin Cartera.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se complementa el artículo único del Decreto Supremo Nº 15890 de 19 de octubre de 1978, en sentido que el Presidente del Consejo Nacional de Ingeniería será designado por el Presidente de la República de una terna propuesta por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Edgar Pozo Valdivia Min. Previsión Social y Salud Pública a. i., Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22973A, 14 de noviembre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe complementa el artículo único del decreto supremo 15890 de 19 de octubre de 1978, en sentido que el Presidente del Consejo Nacional de Ingeniería será designado por el Presidente de la República de una terna propuesta por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.
KeywordsDecreto Supremo, noviembre/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9728
Referencias1992.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Edgar Pozo Valdivia Min. Previsión Social y Salud Pública a. i., Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-308] Bolivia: Reglamento sobre el ejercicio profesional de Ingeniería, 10 de enero de 1964
Reglamento sobre el ejercicio profesional de ingeniería
[BO-L-N308] Bolivia: Ley Nº 308, 14 de noviembre de 2012
Aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento – CAF, en fecha 4 de octubre de 2012, por la suma de hasta $us115.000.000.00, destinados a financiar el “Programa Más Inversiones para el Agua II – MIAGUA II”.

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