Bolivia: Decreto Supremo Nº 22953, 17 de octubre de 1991

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 21910 de 31 de marzo de 1988 concede un tratamiento arancelario favorable a la importación de bienes de capital que figuran en su anexo, así como los detallados en el anexo 2 del Decreto Supremo Nº 21660 de 10 de julio de 1987 ampliado por decretos supremos Nº 21979 de 5 de agosto de 1988 y Nº 22151 de 13 de mayo de 1989;
  • Que el gravamen aduanero consolidado del 5% sobre las importaciones, es concedido a equipos y maquinarias que contribuyan a modernizar la tecnología del país en la producción de bienes y servicios;
  • Que la Ekklesía Misión Boliviana, institución religiosa con personalidad jurídica reconocida mediante resolución suprema 177316 de 19 de junio de 1975, solicita el tratamiento concedido a los bienes de capital con el pago del cinco por ciento (5%) del gravamen aduanero consolidado (GAC), a la importación de un equipo completo de televisión donado por TBN-Trinity-Broadcasting Network. Inc., de la localidad de Santa Ana, California Estados Unidos de Norte América con un valor nominal de $us.259.308.55.
  • Que los fines y objetivos de la Ekklesía Misión Boliviana son predicar el evangelio tratando de promover un cambio en la sociedad y en los individuos, haciendo uso para tal cometido, de diferentes medios de comunicación entre los que se encuentra la apertura de un canal de televisión.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza la nacionalización de un equipo completo de televisión llegado a consignación de la Ekklesía Misión Boliviana, con un valor nominal de $us.259.308.55, amparado con guía aérea Nº 305-6759, con el pago del cinco por ciento (5%) del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) concedido a los bienes de capital, debiendo tributar además, el impuesto al valor agregado (IVA) de acuerdo a Ley de Reforma Tributaria 843.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, . Helga Salinas Campana Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a. i., Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Alejandro Nowotny Vera Min. Energía e Hidrocarburos a. i., Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22953, 17 de octubre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza la nacionalización de un equipo completo de televisión llegado a consignación de la Ekklesía Misión Boliviana, con un valor nominal de $us. 259.308.55, amparado con guía aérea Nº 305-6759, con el pago del cinco por ciento (5%) del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) concedido a los bienes de capital, debiendo tributar además, el impuesto al valor agregado (IVA) de acuerdo a Ley de Reforma Tributaria 843.
KeywordsGaceta 1719, 1991-12-20, Decreto Supremo, octubre/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9706
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, . Helga Salinas Campana Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a. i., Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Alejandro Nowotny Vera Min. Energía e Hidrocarburos a. i., Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.
ContribuidorDeveNet.net
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21660] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21660, 10 de julio de 1987
Para su inversión en los fines de la reactivación económica del pais durante el trienio 1987-1989, se asigna la suma global de un mil quinientos ochenta y tres millones de dólares de los Estados Unidos de América, constituida por los recursos externos contratados y disponibles que figuran en la relación anexa a este1 Decreto y el aporte local correspondiente, provenientes de:
[BO-DS-21910] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21910, 1 de marzo de 1988
Se modifica el gravamen Aduanero Consolidado (GAC), establecido en el D.S. 21367 de 13 de agosto de 1987.
[BO-DS-22151] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22151, 10 de marzo de 1989
Se amplia las nóminas de bienes de capital aprobadas por los decretos supremos 21660 de 10 de iulio de 1987, 21910 y 21979 de 31 de marzo y 5 de agosto de 1988.

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