Bolivia: Decreto Supremo Nº 22874, 19 de julio de 1991

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el presupuesto consolidado del sector público de la nación para el período fiscal comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 1990, fué aprobado mediante Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990, autorizando al Poder Ejecutivo normar y regular por disposiciones de administración financiera la ejecución, seguimiento, control, evaluación, ajustes y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales;
  • Que el artículo 105 de la Constitución Política del Estado determina que la cuenta de inversión de las rentas debe llevar la aprobación de los Ministros de Estado en lo concerniente a sus respectivos despachos;
  • Que corresponde aprobar, en cumplimiento de las disposiciones legales citadas, los ajustes y traspasos interinstitucionales é intrainstitucionales, la cuenta de ingresos y egresos, así como los estados financieros mediante norma legal expresa.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueban los ajustes y traspasos interinstitucionales é intrainstitucionales efectuados dentro el presupuesto general de la nación correspondiente a la gestión de 1990, así como la cuenta general de ingresos y egresos, de acuerdo al detalle consignado en los anexos que forman parte del presente decreto supremo y los estados financieros, de dicha gestión.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Marcelo Pérez Monasterios Min. RR. EE. Y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a. i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22874, 19 de julio de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueban los ajustes y traspasos interinstitucionales é intrainstitucionales efectuados dentro el presupuesto general de la nación correspondiente a la gestión de 1,990, asi como la cuenta general de ingresos y egresos, de acuerdo al detalle consignado en los anexos que forman parte del presente decreto supremo y los estados financieros, de dicha gestión.
KeywordsGaceta 1706, 1991-09-09, Decreto Supremo, julio/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16893
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Marcelo Pérez Monasterios Min. RR. EE. Y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a. i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-L-1141] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1990, 23 de febrero de 1990
Presupuesto general de la nación. Gestión 1990. Apruébase el de la gestión fiscal de 1990

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