Bolivia: Decreto Supremo Nº 22873, 18 de julio de 1991

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el presupuesto consolidado del sector público, gestión 1991, fué aprobado mediante Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991;
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 22793 de 9 de mayo de 1991, se creó el Consejo Nacional de Reforma y Modernización del Poder Judicial presidido por el señor Vice Presidente de la República e integrado por dos representantes del Poder Ejecutivo y el Fiscal General de la República;
  • Que el Ministerio de Finanzas a través de la Dirección General de Programación Presupuestaria emite informe AC/12/130/91, señalando que la Fiscalía General de la República al tener la representación ante dicho Consejo merece un tratamiento igual al Poder Judicial, solicitando para la misma un soporte adicional del Programa 99 Partidas no asignadas a programas, al Programa 13 Fiscalía General de la República;
  • Que de conformidad al art.13 inc. c) del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 22572, los traspasos que signifiquen incrementos al Grupo 100 “Servicios Personales” deben ser aprobados mediante decreto supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorizar al Ministerio de Finanzas para que en su presupuesto aprobado gestión 1991, efectúe traspaso interinstitucional en favor del Ministerio del Interior Migración Justicia y Defensa Social para la Fiscalía General de la República por el monto de Bs. Ley Nº 788.622.- (UN MILLON novecientos OCHENTA Y OCHO mil SEISCIENTOS veintidós 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al siguiente detalle:

De:

ORGANISMO:MINISTERIO DE FINANZAS
PROGRAMA 99:PARTIDAS ASIGNADAS A PROGRAMAS
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTION:1991 (en bolivianos)
600SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Y DISMINUCION DE OTROS PASIVOS1.788.622.-
610Servicio de la deuda publica interna1.788.622.-
611Amortizacion de la deuda publica interna a corto plazo1.788.622.-
Total1.788.622.-

A:

ORGANISMO:MINISTERIO DEL INTERIOR MIGRACION JUSTICIA Y DEFENSA SOCIAL
PROGRAMA 13:FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTION:1991 (en bolivianos)
CódigoDescripciónMonto
100SERVICIOS PERSONALES1.222.622
110Empleados Permanentes1.040.007
112Bono de antigüedad520.926
114Aguinaldos78.041
116Asignaciones familiares25.480
117Sueldos415.560
130Prevision Social182.615
131Aporte patronal al Seguro Social163.885
132Aporte patronal para Vivienda18.730
200SERVICIOS NO PERSONALES204.000
210Servicios báicos100.000
211Comunicaciones40.000
212Energía eectrica y agua30.000
213Servicios telefónicos30.000
220Servicio de transporte y seguros55.000
221Pasajes20.000
222Viáticos30.000
225Seguros5.000
230Alquileres20.000
231Edificios y terrenos15.000
234Otros alquileres5.000
240Mantenimiento y reparaciones10.000
241Edificios y equipos10.000
250Servicios profesionales y Comerciales19.000
253Comisiones y gastos bancarios8.000
254Lanvadería, limpieza e higiene3.000
255Publicidad5.000
256Imprenta3.000
300MATERIALES Y SUMINISTROS115.000
310Alimentos y productos agroforestales16.000
311Alimentos y bebidas para personas16.000
330Textiles y vestuarios3.000
331Hilados y telas3.000
340Productos de papel, carton e impresos40.000
341Papel de escritorio20.000
342Productos de artes gráficas10.000
343Productos de papel y carton5.000
344Libros y revistas2.000
346Periódicos3.000
350Productos de cuero y caucho2.000
354Llantas y neumaticos2.000
360Productos quimicos, combustibles y lubricantes12.000
362Combustibles y lubricantes10.000
365Productos medicinales y famacéuticos2.000
370Productos de minerales no metálicos y plásticos12.000
372Productos de vidrios2.000
374Cemento, cal y yeso10.000
380Productos metalicos2.000
386Herramientas menores2.000
390Productos varios28.000
390Productos varios28.000
391Materiales de limpieza3.000
395Utiles de escritorio y oficina20.000
399Otros Materiales y Suministros5.000
400ACTIVOS REALES24.000
420Construcciones80.000
422Construcciones de bienes nacionales de dominio privado80.000
430Maquinarias y equipo160.000
431Equipo de oficina y muebles40.000
433Equipos de transporte, traccion y elevacion10.000
435Equipo de comunicación20.000
500ACTIVOS FINANCIEROS7.000
510Acciones y participacion de capital7.000
511Acciones y participacion de capital en empresas privadas nacionales7.000
TOTAL1.788.622


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y un años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22873, 18 de julio de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar al Ministerio de Finanzas para que en su presupuesto aprobado gestión 1,991, efectúe traspaso interinstitucional en favor del Ministerio del Interior Migración Justicia y Defensa Social para la Fiscalía General de la República por el monto de Bs1.788.622.-.
KeywordsGaceta 1705, 1991-08-26, Decreto Supremo, julio/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/28083
Referencias1990a.lexml
CreadorFDO. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-788] Bolivia: Ley Nº 788, 7 de febrero de 1986
Créase el Cantón Piñapiñapi, Provincia litoral Oruro
[BO-DS-22572] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22572, 13 de agosto de 1990
Se aprueba el adjunto Reglamento de Ejecución Presupuestaria en sus cuarentaiseis artículos y ocho capítulos, cuyo texto es parte del presente decreto supremo, debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
[BO-L-1231] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1991, 7 de febrero de 1991
Presupuesto General de la Nación. Se aprueba de la Gestión Fiscal 1991
[BO-DS-22793] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22793, 9 de mayo de 1991
Créase el Consejo Nacional de Reforma y Modernización del Poder Judicial, presidido por el señor Vice Presidente de la República e integrado por dos representantes del Poder Ejecutivo y el Fiscal General de la República.
[BO-L-N788] Bolivia: Ley Nº 788, 31 de marzo de 2016
28 DE MARZO DE 2016.- Ratifica el “Acuerdo entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la cooperación en la construcción del Centro de Investigación y Desarrollo en Tecnología Nuclear en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia”.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.