Bolivia: Decreto Supremo Nº 22834, 12 de junio de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991 se aprobó el Presupuesto general de la nación para su vigencia durante la gestión fiscal de 1991;
  • Que la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social solicita un traspaso intrainstitucional de recursos que precisa para pagar al personal profesional contratado para implementar el plan operativo 1991 y cumplir con los objetivos y políticas señalados por el Supremo Gobierno.
  • Que el Ministerio de Finanzas a través de la Dirección General de presupuesto, mediante informe AC/12/l00/91, expresa que en la gestión 1990, se autorizó a la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social el traspaso de recursos al grupo 100 para la contratación de personal profesional y técnico calificado, destinado a los programas de atención integral al menor, al anciano y la mujer, iniciándose proyectos cuyo plazo de ejecución es mayor a una gestión, encontrándose a la fecha sin recursos para atender las obligaciones pendientes pronunciándose por la procedencia de la solicitud;
  • Que de conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1990, los traspasos que signifiquen incrementos al Grupo 100 Servicios Personales deben ser aprobados mediante Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza a la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social para que en su presupuesto aprobado, gestión 1991, efectúe traspaso intrainstitucional de recursos por la suma de Bs.400.000.- (CUATROCIENTOS mil 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al siguiente detalle:

ORGANISMO:JUNTA NACIONAL DE SOLIDARIDAD Y DESARROLLO SOCIAL
PROGRAMA 00:TOTAL DE ACTIVIDADES CENTRALES
RECURSOS:TESORO NACIONAL
GESTION:1991 (en bolivianos)

De:

200SERVICIOS NO PERSONALES200.000
230Alquileres15.000
231Edificios15.000
250Serivicios profesionales y comerciales185.000
252Estudios, investigaciones y proyectos100.000
255Publicidad85.000
400ACTIVOS REALES200.000
420Construcciones200.000
421Construcciones Viviendas200.000
TOTAL400.000

A:

100SERVICIOS PERSONALES400.000
120Empleados no Permanentes334.728
130Prevision Social65.272
131Aporte Patronal al Seguro Social58.577
132Aporte Patronal para Vivienda6.695
TOTAL400.000


Los señores Ministros de Estado en los despachos de la Presidencia de la República y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de junio de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Mario A. Uría Portocarrero Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a. i., Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22834, 12 de junio de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social para que en su presupuesto aprobado, gestión 1991, efectúe traspaso intrainstitucional de recursos por la suma de Bs.400.000.-
KeywordsGaceta 1697, 1991-06-24, Decreto Supremo, junio/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16851
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Mario A. Uría Portocarrero Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a. i., Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22572] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22572, 13 de agosto de 1990
Se aprueba el adjunto Reglamento de Ejecución Presupuestaria en sus cuarentaiseis artículos y ocho capítulos, cuyo texto es parte del presente decreto supremo, debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
[BO-L-1231] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1991, 7 de febrero de 1991
Presupuesto General de la Nación. Se aprueba de la Gestión Fiscal 1991

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