CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Mantiénese inalterable el plazo de quince (15) años acordado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 21784 de 4 de diciembre de 1987, para el funcionamiento del Fondo Nacional Cañero.
Artículo 2°.- La tasa de interés expresada en el artículo 8 del Reg1amento de ajuste de los créditos concedidos en la zafra caña 1987 y su adecuación a los requerimientos del Fondo Nacional Cañero”, aprobado por resolución 114/88 de 27 de julio de 1988 del directorio del Banco Central de Bolivia, continuará vigente hasta el 31 de julio de 1993, fecha a partir de la cual los créditos de la referida línea serán concedidos en base a la tasa de interés promedio ponderada de la última subasta de créditos de desarrollo precedente al desembolso, conforme a las normas del Decreto Supremo Nº 22586 de 20 de agosto de 1990 y su reglamento de asignación de recursos.
Artículo 3°.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia ejecutar las medidas que corresponda, en cumplimiento de la determinación que antecede.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22828, 6 de junio de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Mantiénese inalterable el plazo de 15 años acordado por el Art. 1 del decreto supremo 21784 de 4 de diciembre de 1,987, para el funcionamiento del Fondo Nacional Cañero. | ||||
Keywords | Gaceta 1696, 1991-06-17, Decreto Supremo, junio/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16846 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Marcelo Pérez Min. RR. EE. y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Lauro Ocampo Carrasco Min. Presidencia de la República a. i., Enrique García Rodriguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Mario A. Uría Portocarrero Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a. i., Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Carlos Ríos Min. Energía e Hidrocarburos a. i, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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