Bolivia: Decreto Supremo Nº 22820, 28 de mayo de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991 se aprobó el Presupuesto General de la Nación para su vigencia durante la gestión fiscal de 1991;
  • Que la Presidencia de la República, mediante nota CITE D. A. N° 084/91 solicita autorización para efectuar traspasos dentro de su presupuesto, a fin de regularizar el Grupo 100 correspondiente a sueldos del personal de la presidencia de la República, que ha sido reformulado en la distribución de la masa salarial para la presente gestión.
  • Que el Ministerio de Finanzas, a través de la Dirección General de presupuesto, emitió el informe AC/12/109/91 señalando que revisado el presupuesto aprobado para la Presidencia de la República, correspondiente a la presente gestión, se evidencia que el Grupo 100 “Servicios Personales” se ha tomado como base la escala y planilla salarial aprobada para la gestión Ley Nº 989, por lo que existen diferencias con la planilla en ejecución, razón por la que consideran procedente el traspaso solicitado.
  • Que de conformidad al Art.13 inc. c) del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1990, los traspasos que signifiquen incrementos el Grupo 100 “Servicios Personales” deben ser aprobados mediante Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza a la Presidencia de la República para que en su Presupuesto Aprobado para la gestión 1991, efectúe traspaso intrainstitucional de recursos por la suma de Bs.164.195.- (CIENTO SESENTA Y CUATRO mil CIENTO NOVENTA Y CINCO 00/100), de acuerdo al siguiente detalle:

ORGANISMO :PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
PROGRAMA 10 :DIRECCION SUPERIOR DEL ESTADO
RECURSOS :TESORO NACIONAL
GESTION :1991 (EN BOLIVIANOS)

De:

100SERVICIOS PERSONALES39.271
110Empleados Permanentes39.271
116Asignaciones Familiares14.271
118Otros Servicios Personales25.000
200SERVICIOS NO PERSONALES124.924
220Servicios de Transporte y Seguros84.000
225Seguros84.000
230Alquileres1.200
231Edificios1.200
260Otros Servicios No Personales39.724
262Otros Asignaciones Globales38.000
266Otros Servicios No Personales1.724
TOTAL164.195

A:

100SERVICIOS PERSONALES164.195
110Empleados Permanentes145.862
112Bono de Antigüedad1.800
114Aguinaldos59.270
117Sueldos84.792
130Previsión Social18.333
131Aporte Patronal al Seguro Social17.702
132Aporte Patronal para Vivienda631
TOTAL164.195


Los señores Ministros de Estado en los despachos de la Presidencia de la República y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22820, 28 de mayo de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Presidencia de la República para que en su Presupuesto Aprobado para la gestión 1991, efectúe traspaso intra-institucional de recursos por la suma de Bs. 164.195.-.
KeywordsGaceta 1696, 1991-06-17, Decreto Supremo, mayo/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16838
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-989] Bolivia: Ley Nº 989, 4 de marzo de 1988
Apruébase el convenio multinacional para la prosecución de las actividades del centro regional de sismología para la América del sur suscrito en la ciudad de lima el 18 de junio del año 1961 y los estatutos que rigen esa entidad
[BO-DS-22572] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22572, 13 de agosto de 1990
Se aprueba el adjunto Reglamento de Ejecución Presupuestaria en sus cuarentaiseis artículos y ocho capítulos, cuyo texto es parte del presente decreto supremo, debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
[BO-L-1231] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1991, 7 de febrero de 1991
Presupuesto General de la Nación. Se aprueba de la Gestión Fiscal 1991
[BO-L-N989] Bolivia: Ley Nº 989, 1 de noviembre de 2017
01 DE NOVIEMBRE DE 2017.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 3.995,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, ubicado en el Barrio La Tablada, Urbanización La Esmeralda, Lote “A”, Distrito N° 1 del Municipio de Monteagudo, Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca; con destino exclusivo para la construcción de infraestructura judicial en la ciudad de Monteagudo, de conformidad a la Ley Municipal N° 054 de 13 de diciembre de 2016, del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo.

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