CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Compleméntase el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 22194 de 17 de mayo de 1.989, aclarando que la negociación y soluciones a cargo de la Comisión interinstitucional de alto nivel para la recuperación de los créditos vencidos en moneda extranjera del Banco del Estado, se circunscribe única y exclusivamente a los detallados en el artículo 1 del citado decreto.
Artículo 2°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22717, 25 de enero de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Compleméntase el artículo 5 del decreto supremo 22194 de 17 de mayo de 1.989, aclarando que la negociación y soluciones a cargo de la Comisión interinstitucional de alto nivel para la recuperación de los créditos vencidos en moneda extranjera del Banco del Estado, se circunscribe única y exclusivamente a los detallados en el artículo 1 del citado decreto. | ||||
Keywords | Gaceta 1678, 1991-01-28, Decreto Supremo, enero/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8854 | ||||
Referencias | 1991.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha, Min. RR. EE. y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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