CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se modifica el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 22223 de 13 de junio de 1989, estableciéndose como nuevo precio contractual para la construcción de la segunda etapa del proyecto San Jacinto, la suma de vienticuatro MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO mil TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO 57/100 DOLARES AMERICANOS ($us.24.368.348.57), dejándose vigentes los demás artículos, excepto el 4° derogado por el Decreto Supremo Nº 22279 de 4 de agosto de 1989.
Artículo 2°.- Autorízase al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, así como al Gerente general de la Asociación San Jacinto, suscribir un contrato modificatorio con el monto indicado anteriormente.
Artículo 3°.- Se deroga el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 22472 de 20 de abril de 1990, manteniéndose subsistentes y vigentes los restantes artículos. Se autoriza al Ministerio de Finanzas, traspasar en favor de la Asociación San Jacinto, los recursos del crédito italiano mediante el respectivo contrato subsidiario.
Artículo 4°.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Tarija traspasar en favor de la Asociación San Jacinto, la suma de TRES MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us.3.000.000.-), como aporte local.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22661, 27 de noviembre de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el artículo 1° del decreto supremo 22223 de 13 de junio de 1989, estableciéndose como nuevo precio contractual para la construcción de la segunda etapa del proyecto San Jacinto, la suma de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO 57/100 DOLARES AMERICANOS | ||||
Keywords | Gaceta 1674, 1990-12-17, Decreto Supremo, noviembre/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8770 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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