Bolivia: Decreto Supremo Nº 22492, 4 de mayo de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Presupuesto consolidado del sector público, correspondiente al período fiscal de 1990, fue aprobado mediante Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990.
  • Que el Fondo Social de Emergencia de la Presidencia de la República solicita un presupuesto adicional, por la percepción de ingresos provenientes del crédito de la Asociación Internacional de Fomento.
  • Que el artículo 96 atribución séptima de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, concordantemente con los artículos 4 de la Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990 y 64 del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1,986, ampliado en su vigencia por Decreto Supremo Nº 21781 de 3 de diciembre de 1,987.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorizar, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Fondo Social de Emergencia de la Presidencia de la República por la suma de ONCE MILLONES novecientos CINCUENTA Y UN mil 00/100 BOLIVIANOS (Bs11.951.000.-), proveniente del crédito de la Asociación Internacional de Fomento, AIF que no fué previsto por Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1,990, o sea financiado por crédito externo:

ORGANISMO :FONDO SOCIAL DE EMERGENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
GASTOS :CORRIENTES
PROGRAMA : GENERACION DE EMPLEO Y ASISTENCIA SOCIAL
ACTIVIDAD 02 :GENERACION DE EMPLEO Y ASISTENCIA SOCIAL
RECURSOS :CREDITO EXTERNO (ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO DEL BANCO MUNDIAL)
GESTION :1990

RECURSOS (En bolivianos)


Financiamiento por origen de recursos:

CódigoFuentePresupuesto Adicional 1990
1.RECURSOS11.951.000
1.3Fuentes financieras11.951.000
1.3.2Endeudamiento11.951.000
1.3.2.2Obtención de préstamos externos11.951.000
1.3.2.2.2Obtención de préstamos externos
a largo plazo11.951.000
TOTAL11.951.000

GASTOS (en bolivianos)


Clasificación por objetivo del gasto:

CódigoD e s c r i p c ó nPresupuesto adicional 1.990
700TRANSFERENCIAS11.951.000
770Transferencias de capital11.951.000
Al sector público no financiero
por subsidios y subvenciones
772Transferencias de capital a las
instituciones públicas descentra-
lizadas por subsidios o subven-
ciones11.951.000
TOTAL11.951.000


Los Señores Ministros de Estado en los despachos de la Presidencia de la República y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora 'Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22492, 4 de mayo de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Fondo Social de Emergencia de la Presidencia de la República por la suma de ONCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL 00/100 BOLIVIANOS
KeywordsGaceta 1644-45, 1990-05-07, Decreto Supremo, mayo/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8683
Referencias1990.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora 'Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-DS-21781] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21781, 3 de diciembre de 1987
Se amplia la vigencia del decreto supremo 21364 de, 13 de agosto do 1986 por la presente gestión fiscal y hasta que se promulgue una nueva disposición legal substitutiva sobre administración financiera.
[BO-L-1141] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1990, 23 de febrero de 1990
Presupuesto general de la nación. Gestión 1990. Apruébase el de la gestión fiscal de 1990

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.