Bolivia: Decreto Supremo Nº 22288, 4 de agosto de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1052 de fecha 8 de febrero de 1989 aprueba el Presupuesto Consolidado del Sector Público de la Nación, en el que se encuentra incluido el Presupuesto del Banco central de Bolivia por un monto de Bs.80.141.061.
  • Que la Ley Nº 1052 de fecha 8 de febrero de 1989, faculta al Poder Ejecutivo efectuar ajustes y transferencias al presupuesto aprobado.
  • Que el Banco Central de Bolivia ha solicitado la inclusión de su presupuesto financiero para gestión de 1989, con el proposito de contar con un instrumento de política financiera que el permita el total control de sus operaciones.
  • Que para efectivizar el crédito 1925-BO por DEGS 50.600.000.- del Banco Mundial, autorizado mediante Ley de la república de 111 de julio de 1988, se creó la gerencia del Sistema Financiero en el banco Central de Bolivia.
  • Que mantiene Decreto Supremo Nº 21216 de 3 de julio de 1986, se instruyó al Banco Central de Bolivia la emisión de certificados de depósito y mediante Decreto Supremo Nº 21660 de 10 de julio de 1987 se autorizó al citado banco, emitir Bonos de Inversión para canjearlos por su deuda externa y la del Estado Boliviano, para cuyo efecto se creó en dicho Banco la Gerencia de División de operaciones de Mercado Abierto.
  • Que por Ley Nº 1043 de 20 de diciembre de 1988 se dispone la incorporación de los funcionarios de los Repositorios Culturales de las Planillas del Banco Central de Bolivia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el presupuesto Financiero del banco Central de Bolivia para la gestión 1989, con cargo a parobación del Poder Legislativo, que alcanza la suma de Bs.90.865.581.- (NOVENTA MILLONES novecientos SESENTA Y CINCO mil QUINIENTOS OCHENTA Y UN 00/100 BOLIVIANOS), DE ACUERDO al SIGUIENTE DETALLE;
INGRESOS
(EN BOLIVIANOS)

INACIONALES90.865.581.-
2De Operación48.800.341.-
5Otros42.065.240.-
TOTAL INGRESOS:90.865.581.-

EGRESOS
(EN BOLIVIANOS)
500Deuda Pública90.865.581
TOTAL: EGRESOS:90.865.581

Artículo 2°.- Se autoriza los traspasos de partidas del presupuesto del Banco Central de Bolivia correspondiente a la presente gestión, que alcanzan a la suma de Bs.16.261.568.- de acuerdo al siguiente detalle:
DE:

100SERVICIOS PERSONALES300.000.-
120Empleados No Permanentes300.000.-
500DEUDA PUBLICA11.889.405.-
510Interna11.889.405.-
512Intereses11.889.405.-
600Reservas2.272.163.-
610Económicas2.272.163.-
611Reposición de Act. Fijos2.272.163.-
700TRANSFERENCIAS1.800.000.-
720al Sector Público1.800.000.-
722Transferencias Corrientes por Subsidios Y Subvenciones1.800.000.-
TOTAL:16.261.568.-

A:
100SERVICIOS PERSONALES7.587.464.-
110Empleados Permanentes6.535.422.-
112Categoría15.060.-
114Aguinaldos368.480.-
115Primas1.084.269.-
116Asignaciones Familiares22.261.-
117Sueldos4.820.352.-
118Otros Servicios Personales225.000.-
130Previsión Social1.052.042.-
132Aporte Patronal935.143.-
132Aporte Patronal p/viviendas116.894.-
200SERVICIOS NO PERSONALES8.218.050.-
210Servicios Básicos67.500.-
211Comunicaciones10.500.-
212Energía Eléctrica y Agua10.000.-
213Publicidad4.500.-
214Imprenta42.500.-
220Servicios De Transporte y Sec.25.700.-
221Pasajes10.100.-
222Viáticos22.300.-
223Fletes y Almacenamiento3.300.-
230Alquileres2.200.-
232Equipo y Maquinaria1.500.-
233Otros Alquileres700.-
240Mantenimiento y Reparaciones66.800.-
241Edificios y Equipos62.800.-
243Otros Por Mantenimiento y Reparaciones4.000.-
250Servicios y Profesionales y Comerciales8.043.850.-
252Estudios, Investigaciones y Proyectos40.000.-
253Comisiones y Gastos Bancarios8.000.000-.
254Lavandería, Limpieza E Higiene3.850.-
260Otros Servicios No Personales2.000.-
261Tributos y Otros Gravámenes2.000.-
300MATERIALES Y SUMINISTRO181.754.-
310Para Oficina43.425.-
320Papelería y Suministro Varios43.425.-
320Para Usos Varios138.329.-
321Limpieza y Uso Domésticos8.200.-
322Vestuarios y Textiles14.000.-
323Alimentos26.529.-
325Lubricantes y Combustible1.800.-
326Productos Médicos Farmacéuticos Químicos y De Laboratorio20.300.-
327Construcción y Edificación56.500.-
328Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores6.500.-
329Otros Materiales y Suministros4.500.-
400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS274.000.-
420Construcciones, Reformas E Instalaciones72.000.-
430Maquinaria Y Equipo160.000.-
431Equipos De Oficina y Mueble45.000.-
434Equipo Médico y De Laboratorio10.000.-
435Equipo De Comunicaciones10.000.-
436Equipo Educacional y Recreativo22.000.-
437Otra Maquinaria y Equipo73.000.-
450Otros Activos42.000.-
700TRANSFERENCIAS300.-
710al Sector Privado300.-
712Becas300.-
TOTAL:16.261.568.-

Artículo 3°.- Se aprueba la escala y masa salarial del Banco Central de Bolivia que alcanza a la suma mensual de Bs.1.028.696.-

Artículo 4°.- El traspaso del personal de los cuatro Repositores Culturales, se resolverá aplicando a disposiciones legales del Seguro Socila en vigencia.

Artículo 5°.- Pasan a formar parte del activo y patrimonio del Banco Central de Bolivia, los activo y patrimonio de los cuatro Repositores bajo administración del Banco Central de Bolivia (La Casa de Libertad, el Archivo y Biblioteca Nacional, la Casa de la Moneda, el Museo de Etnografía y Folklore), previo inventario y evaluación con participación del Instituto Boliviano de Cultura y de la Contraloría General de la República, que se realizará en un lapso de dos años a partir de la fecha del presente Decreto.
El inventario y evolución, indicados anteriormente, serán realizados por una empresa de Auditoria Externa contratada por el Banco Central de Bolivia.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Pérez Beltrán, Valentin Abecia Baldiviezo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22288, 4 de agosto de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprobar el presupuesto Financiero del banco Central de Bolivia para la gestión 1989, con cargo a parobación del Poder Legislativo, que alcanza la suma de Bs. 90.865.581.-(NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN 00/100 BOLIVIANOS).
KeywordsGaceta 1610, 1989-08-15, Decreto Supremo, agosto/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18582
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1610 - Publicado el: 1989-08-15, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Pérez Beltrán, Valentin Abecia Baldiviezo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Alfonso Balderrama Maldonado, Luis F. Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquin Arce Lema, Jaime Villalobos Sanjinés, José G. Justiniano sandoval, Fernando Illanes de la Riva, Roberto Roca Iriarte, Walter Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21660] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21660, 10 de julio de 1987
Para su inversión en los fines de la reactivación económica del pais durante el trienio 1987-1989, se asigna la suma global de un mil quinientos ochenta y tres millones de dólares de los Estados Unidos de América, constituida por los recursos externos contratados y disponibles que figuran en la relación anexa a este1 Decreto y el aporte local correspondiente, provenientes de:
[BO-L-1043] Bolivia: Ley Nº 1043, 23 de diciembre de 1988
Casa de la libertad, archivo y biblioteca nacionales, casa de la moneda y museo de etnografía y folklore. Elévase a rango de Ley el d.s. 21826 de 31/12/1987 a favor de su personal
[BO-L-1052] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1989, 8 de febrero de 1989
Presupuesto general de la nación. Apruébase el presupuesto consolidado del sector público de la gestión fiscal de 1989

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